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¡No es posible acabar con la pobreza sin cambiar el modelo!

por RedaccionA octubre 23, 2021
octubre 23, 2021
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Por: Stijn Callens, Itziar Gerendain. 23/10/2021

Este año, el Día Internacional de la Lucha contra la Pobreza – que tiene lugar el 17 de octubre – cae en pleno proceso de preparación para la tramitación parlamentaria del Anteproyecto de Ley de Garantía de Ingresos y para la Inclusión, que se iniciará el próximo mes de diciembre.

Se trata del más reciente intento de reforma de la legislación vasca cuyo objetivo profesado es acabar con la pobreza en Euskadi. De hecho, el Gobierno Vasco lleva ya más de 30 años sorteando dicho problema.  En un primer momento – a finales de los años 80 – actuaba como si fuera algo solucionable en un par de años. Por eso, hablaba de un “plan” de lucha contra la pobreza.  Tardó unos cuantos años en aceptar y reconocer “la necesidad de superar el carácter estrictamente extraordinario del Plan Integral de Lucha contra la Pobreza, configurando un modelo de tratamiento de la exclusión claramente inscrito en los mecanismos de actuación ordinarios de nuestra Comunidad Autónoma.” (Ley 12/1998, de 22 de mayo, contra la exclusión social). Aun tardó una década más en reconocer expresamente el “derecho subjetivo” a una renta mínima (Art. 12 de la vigente Ley 18/2008, de 23 de diciembre, para la Garantía de Ingresos y para la Inclusión Social).  No obstante, esta ley deja al mismo tiempo claro, que sólo puedan ejercer dicho derecho “aquellas personas que cumplan los requisitos específicamente regulados para el acceso a la prestación”. 

Dichos requisitos y las medidas de control derivadas de los mismos han excluido y siguen excluyendo a muchas personas de su derecho a una vida digna.

Encuesta tras encuesta, las conocidas EPDS (Encuesta de Pobreza y Desigualdades Sociales), realizadas por el propio Gobierno Vasco, se constata que, no sólo un porcentaje altísimo de personas y familias oficialmente declaradas “pobres” no acceden a la Renta de Garantía de Ingresos (56.307 personas en situación de riesgo de pobreza, que suponen el 27,1% de este colectivo, según la EPDS 2020), sino que, además, un porcentaje no menos alto de personas y familias beneficiarias de la misma siguen condenadas a la pobreza (71.092 personas, 34,2%).

La verdad es que el Anteproyecto de Ley de Garantía de Ingresos y para la Inclusión no aporta ninguna novedad en cuanto al modelo en que se pretende sustentar la intervención pública. La armadura conceptual e ideológica del sistema sigue igual a la de hace treinta años.  La integración en el sistema vasco del Ingreso Mínimo Vital, una prestación social muy similar a la Renta de Garantía de Ingresos, pero financiada por el Estado, ha proporcionado al Gobierno Vasco una bolsa de oxígeno presupuestario. Esto permite a la coalición PNV-PSOE proponer “retoques” en el sistema actual, de modo que éste tenga una apariencia algo más “amable” a pesar del claro endurecimiento del régimen de medidas controladoras y “correctoras”.  Además, es significativo que el Anteproyecto mantenga el grueso de las medidas restrictivas introducidas por la Ley 4/2011, de 24 de noviembre de modificación de la Ley para la Garantía de Ingresos y para la Inclusión Social, entre las cuales destacan los tres años de empadronamiento y residencia efectiva exigibles para poder acceder a la RGI. 

El modelo de rentas mínimas condicionadas, en el cual queda anclado el Anteproyecto, no puede acabar con la pobreza en la CAE por la sencilla razón de que en él no se refleja el verdadero “origen” del problema.

El discurso que sustenta el Anteproyecto tiende a tapar el hecho de que la pobreza es un efecto de la manera en la cual se articulan las relaciones socio-económicas en las sociedades capitalistas modernas. Son éstas las que en gran parte determinarán la “suerte” de cada cual.

Para las personas que defendemos una Renta Básica Incondicional (RBI) como alternativa a las rentas mínimas condicionadas, la pobreza sólo puede “erradicarse” mediante una intervención sistémica u holística. Y así, con la RBI pretendemos una verdadera transformación de la sociedad.  Como proyecto transformador, la RBI supone un salto cualitativo respecto a las rentas mínimas condicionadas. Por mucho que éstas se sometan a procesos de “mejora”, siguen “atrapadas” en un paradigma que no puede conducirlas a la verdadera “salida”. Una vez admitidas la “condicionalidad” y la “selectividad” como principios básicos del modelo de protección social, la deriva hacia la inflación de la burocracia y los mecanismos de control, de todo tipo, a las órdenes del mercado laboral y del ajuste presupuestario, salvajemente colonizados ambos por el capitalismo neoliberal, es absolutamente inevitable.

El sistema de protección social que promueve el Anteproyecto, aparte de su incapacidad de acabar con la pobreza, provoca un sinfín de efectos indeseables, tales como, el excesivo formalismo, el fisgoneo en la vida privada de la ciudadanía, la estigmatización, la criminalización, el fomento de la división social, la inseguridad, la complejidad de la gestión administrativa, la dificultad de incorporar un sistema justo de incentivos al empleo, la marginalización del trabajo no mercantilizado y feminizado, etc., etc. 

Estos efectos sólo pueden evitarse desligando por completo la prestación, de los recursos económicos (patrimonio y rentas) y del empleo. En otras palabras, hay que introducir la incondicionalidad como principio fundamental, en el sistema de protección social.  

Partiendo de la incondicionalidad como base, el derecho a la RBI tendría al mismo tiempo un carácter universal, correspondiendo a todas las personas que residan habitualmente en el territorio de referencia, en este caso, la Comunidad Autónoma de Euskadi.  

En tercer lugar, la RBI destacaría también por dirigirse a las personas consideradas de forma individual, contrariamente a lo que, por regla general, ocurre con las rentas mínimas condicionadas tales como la Renta de Garantía de Ingresos o el Ingreso Mínimo Vital.

La implantación de una RBI en Euskadi no sólo protegería eficazmente el derecho a una vida digna, sino que sería también su más correcta expresión.

El derecho fundamental a la existencia (implicando el acceso a medios de vida suficientes) no puede estar condicionado a la disponibilidad para el “empleo”.  La obligación de “trabajar” (en el sentido de “contribuir al bien común”) no puede surgir como contraprestación dentro de una relación de tipo contractual. Se trata de una obligación moral o un deber político y como tal independiente de cualquier contraprestación económica. 

La “ética” del trabajo, tantas veces utilizada como “argumento” contra la RBI, presupone, en realidad, una seguridad económica básica.

La RBI parte, en segundo lugar, de la idea de que es justo y necesario fortalecer la posición socio-económica de los grupos más vulnerables en la sociedad, en otras palabras, que debe disminuir la obscena desigualdad que sigue creciendo en nuestras sociedades capitalistas.  La implantación de una RBI basada en una profunda reforma fiscal permitiría una notable redistribución de la renta. 

Por lo tanto, es imposible garantizar la libertad de las personas, sin posibilitar un acceso generalizado a recursos suficientes para llevar una vida digna. Gracias a la RBI toda la ciudadanía tendría una seguridad económica básica que permitiera desarrollar proyectos de vida con un mayor grado de autonomía.  Con la implantación de la misma se crearía un margen más amplio para que las personas tomen decisiones más adecuadas en respuesta a los grandes retos que están presentes de modo apremiante en las sociedades actuales: entre otros, poner efectivamente la vida en el centro y evitar el colapso ecológico.

Evidentemente, la implantación de una Renta Básica Incondicional en Euskadi no puede resolver todos los problemas del mercado laboral, ni del sistema capitalista. Para conseguir eso hará falta una lucha sostenida en muchos y diferentes frentes. Dicho lo cual, no cabe duda de que la implantación de una RBI, supondría una importante ayuda en todas esas luchas.

LEER EL ARTICULO ORIGINAL PULSANDO AQUÍ

Fotografía: Sin permiso

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