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Acuerdo presidencial contribuye a la extinción de los pueblos originarios

por RedaccionA julio 30, 2022
julio 30, 2022
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Por: Jeny Pascacio. 30/07/2022

El decreto que blinda las obras públicas del gobierno de la cuarta transformación, carece de fundamento legal, no transparenta procesos, busca evitar amparos y va contra los derechos humanos, coincidieron activistas y defensores en el conversatorio “Pueblos y medio ambiente frente al acuerdo presidencial”.

El 22 noviembre de 2021, el Ejecutivo federal, publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el acuerdo que “declara de interés público y seguridad nacional la realización de proyectos y obras a cargo del Gobierno de México” en el que instruye a las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, realizar las acciones en relación con las obras de gobierno, consideradas por el mismo, de interés público y seguridad nacional. Todo esto, en el término de cinco días.

El Instituto de Investigaciones Jurídicas (IIJ) de la UNAM propició el diálogo de los principales actores en una reunión virtual, en la que opinaron sobre el impacto de este acuerdo asociado a proyectos y megaproyectos de infraestructura de las telecomunicaciones, aduanero, fronterizo, hidráulico, hídrico, medio ambiente, entre otros que por su objeto, característica, naturaleza, complejidad y magnitud se consideran prioritarios o estratégicos para el desarrollo nacional.

Para Ángel Sulub del Centro Comunitario Maya U Kúuchil K Ch’i’ibalo’on, se trata de un atropello total al Estado de Derecho, pues cada vez hay más prácticas de saqueo y despojo, violando, principalmente, el derecho a la consulta.

“El acuerdo para los pueblos constituyó una prueba más que este gobierno, en general de los Estados nacionales, continúan estas políticas y estas prácticas para el beneficio del gran capital y son quienes establecen las reglas para continuar con las imposiciones”, dijo Sulub.

Sulub agregó que “es evidente el desprecio del Estado hacia los derechos fundamentales de los ciudadanos y de los pueblos indígenas por donde avanzan los megaproyectos”.

Mientras, Lourdes Medina Carrillo de Indignación Promoción y Defensa de los Derechos Humanos, A.C, explicó que la justificación de este acuerdo se basa en el Artículo 26 de la Constitución Federal, pero pasan inadvertidos los derechos humanos fundamentales, como el apartado II fracción novena, que habla sobre el derecho a la consulta.

Esto constituye violaciones constitucionales, ilegales y convencionales. Da el poder de manera ilegal de autorizaciones y licencias para ejecutar los proyectos pero sin una previsión de los impactos que van a generar.

“Se habla del derecho a la libre determinación y este acuerdo cambia el estado en el cual se encuentran los pueblos indígenas, pues se les quita la figura. Es una vulneración de los derechos que ya tienen los pueblos originarios y que ya están reconocidos en la Constitución”,explica Media.

Medina señaló que en el momento de otorgar estas autorizaciones provisionales no se da la oportunidad de generar la información que tienen que tener la ciudadanía y los pueblos indígenas para conocer las afectaciones o incluso ventajas de este tipo de proyectos.

“Al no haber esta posibilidad de acceso a la información también hay una afectación a la posibilidad de realizar un control social de la gestión pública, que es lo que está pasando pues no se tienen los mecanismos” y, en este tenor, tampoco se toma en cuenta la Manifestación de Impacto Ambiental (MIA), destacá Medina.

No se pueden suplantar las obligaciones internacionales y constitucionales del Estado mexicano con este acuerdo, “ya que los amparos interpuestos contra el Tren Maya, por ejemplo siguen un proceso lleno de irregularidades, puntualiza Medina.

Para Marcelina Barranco del Frente de Pueblos en Defensa de la Tierra y el Agua Morelos, Puebla, Tlaxcala, con este decreto se blinda la información: ahora será de reserva y confidencial permitir los permisos y las licencias en menos de cinco días para dar inicio a las construcciones de los proyectos.

Barranco pone de ejemplo al Aeropuerto Internacional Felipe Ángeles, el Proyecto Integral Morelos, el Tren Maya, la refinería Olmeca, el Corredor Interoceánico, gasoductos, mineras, hidroeléctricas, entre otros en todo el país. “Si como pueblos nos negamos, el ejército y la marina van a tener el derecho de encarcelarnos, asesinarnos y vender nuestro territorio. En lugar de defendernos, ellos van a avalar la entrega de los recursos”, agrega Barranco.

Violaciones
Juan Carlos Flores Solís del Consejo Nacional Indígena coincide en cuanto a la ilegalidad de los permisos arbitrarios de estos proyectos y megaproyectos, asumiendo que “también implican la restricción y la extinción de los pueblos indígenas. Con faltas, incluso a la Ley de Servidores Públicos en Materia Administrativa”.

En los amparos interpuestos por el Consejo Nacional Indígena se establecieron al menos 10 artículos constitucionales que se violan con este acuerdo, además de cuatro convenios internacionales y alrededor de 120 artículos de cinco leyes generales que se interpusieron en 17 amparos en 10 estados.

“En el artículo 126 de la Ley de Amparo dice que cuando afectan los derechos agrarios o los sujetos ya sea ejidales o bienes comunales, la suspensión se dará de oficio y de plano y nosotros sostenemos que los pueblos indígenas con derecho a su territorio y a su libre determinación son derechos equiparables y se deben proteger de oficio al igual que los derechos agrarios”, pues las comunidades se quedan en una situación de desigualdad frente a las empresas, explica Flores.

En la propuesta de reflexión, Xavier Martinez Esponda del Centro Mexicano de Derecho Ambiental (Cemda) dijo que el acuerdo es un arma que puede ser utilizada en cualquier momento por el gobierno federal, “nulifica y discrimina; esto tiene que ser revertido”.

Martinez hizo un llamado al Poder Judicial de la Federación a que juegue un papel de acuerdo a su funciones. Además, desde Cemda reconocen que este acuerdo “es un esfuerzo del Ejecutivo federal de sustraerse de sus obligaciones constitucionales y convencionales, de la ley misma”.

LEER EL ARTÍCULO ORIGINAL PULSANDO AQUÍ

Fotografía: Avispa

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