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Por error de gobierno de Veracruz, Duarte no sería juzgado por desapariciones.

por La Redacción octubre 4, 2018
octubre 4, 2018
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Por: Miguel Ángel León Carmona. E-consulta Veracruz. 04/10/2018

Fiscalía llamó a cuentas a Duarte fuera del tiempo que establece el Tratado de Extradición México-Guatemala

El gobernador de Veracruz Miguel Ángel Yunes Linares, prometió 20 años de prisión para su antecesor Javier Duarte mediante un proceso del fuero común por el delito de desaparición forzada de personas. Pero este proceso quedaría solo en lo mediático, debido a que la Fiscalía General del Estado (FGE) llamó a cuentas al priista fuera del tiempo que establece el Tratado de Extradición México-Guatemala.

Este 26 de septiembre Javier Duarte fue sentenciado a nueve años de prisión tras declararse culpable de los delitos de operaciones con recursos de procedencia ilícita (lavado de dinero) y asociación delictuosa, relacionado con un desvío calculado en mil 650 millones de pesos, que destinó a empresas fantasma.

Dicha sentencia generó molestia entre los mexicanos. Ante ello, el mandatario veracruzano aseguró que a Duarte además se le fincarían responsabilidades por su probable participación en la desaparición de 13 personas que habrían sido asesinadas por policías de su administración en 2016; los cadáveres no han sido localizados.

Por estos hechos desde el pasado 06 de junio un juez de Veracruz giró una orden de aprehensión contra Duarte, sin embargo, no ha podido ser ejecutada, pues cuando el priista fue extraditado de Guatemala, el 07 de junio de 2017, la FGE solo le señaló de cuatro delitos relacionados con corrupción y no por desaparición forzada.

La regla de especialidad del Tratado de Extradición entre el Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos y el Gobierno de la República de Guatemala, señala en su artículo 15 que la persona extraditada -en este caso Javier Duarte- para fines de seguir un proceso en su contra en su país natal, únicamente podrá ser juzgada por los delitos expresamente señalados en la solicitud de extradición.

El pasado 22 de agosto, Yunes reconoció una solicitud tardía de la FGE para que Duarte respondiera por las acusaciones de desaparición forzada. Dijo que apostaría por una excepción al principio de especialidad del Tratado México-Guatemala para así juzgar al exmandatario por ese delito.

Para ello la FGE solicitó que PGR -a través de la Cancillería- pidiera al gobierno de Guatemala el permiso que se requiere para ejecutar la orden por desaparición forzada. Yunes reconoció que PGR no tiene un plazo límite para hacerlo y que ese trámite permanece congelado desde mayo de 2018 en territorio mexicano.

En rueda de prensa ofrecida este 27 de septiembre, Yunes demandó a la Secretaría de Relaciones Exteriores (SRE) que acelere dicho trámite con el gobierno de Guatemala con base en la excepción a la regla de especialidad prevista en el artículo 15 del Tratado de Extradición México-Guatemala.

Excepción a regla que pide Yunes es improcedente: abogado

E-Consulta Veracruz consultó el artículo 15 del Tratado México-Guatemala, que dice: La persona reclamada que ha sido entregada de conformidad con este Tratado no podrá ser detenida, juzgada o sancionada en el territorio de a Parte Requirente por un delito distinto a aquel por el cual se concedió la extradición ni tampoco será extraditada a un tercer Estado. En ese artículo se contemplan tres excepciones:

1.- Que Javier Duarte no abandone México dentro de los sesenta días naturales siguientes a la fecha en que sea liberado. Es decir, una vez que cumpla con su sentencia y salga de prisión.

2.- Que Javier Duarte abandone México después de haber sido liberado y regresara a México voluntariamente.

3.- Que el gobierno de Guatemala hubiera otorgado su consentimiento para que Javier Duarte sea detenido, juzgado, sancionado o extraditado a un tercer Estado (país) por un delito distinto a aquel por el cual se concedió la extradición.

Tratado México-Guatemala.pdf by on Scribd

Para el abogado penalista Celestino Espinoza Rivera, “El trámite de “excepción” al principio de especialidad, únicamente establece tres supuestos para su excepción y son muy claros, los dos primeros hablan de un supuesto en que el detenido ya se encuentre en libertad y pasen 60 días sin que abandone el país o que habiéndolo abandonado regresevoluntariamente, mientras que el tercero establece la posibilidad de que un país ajeno al tratado de extradición solicite la misma”.

Dijo, “únicamente sería posible a través de su modificación, para lo cual se necesitaría la aprobación del Senado de México de conformidad con el artículo 76 de la Constitución”. Este 27 de septiembre, la cámara de Senadores aprobó un acuerdo para solicitar al gobierno de la República de Guatemala que autorice a la Fiscalía de Veracruz ejecute la orden de aprehensión contra Duarte por desaparición forzada.

No obstante, el jurista advierte que dicho exhorto del Senado es únicamente una llamada de atención, que dista de una aprobación formal para modificar el tratado de extradición. Además, que dicho ejercicio legislativo debería replicarse en el Estado de Guatemala.

Gobierno de Veracruz pudo juzgar a Duarte por desaparición forzada y no lo hizo

El 22 de agosto, este medio cuestionó a Miguel Ángel Yunes por qué la orden de aprehensión contra Duarte por desaparición forzada fue solicitada por la FGE hasta después de la extradición de Duarte, es decir, posterior al 07 de junio de 2017.

El mandatario respondió: “La información que me proporciona la FGE, es que, cuando se llevó a cabo la solicitud de extradición no se había concluido aún la investigación por desaparición forzada. Tan es así que la orden de aprehensión del ex fiscal Luis Ángel Bravo Contreras -acusado también por el extravío de 13 cadáveres en 2016- se libró hace apenas unos meses, después de que Duarte ya había sido extraditado”.

Pero, el 09 de febrero de 2017 -4 meses antes de que PGR solicitara la extradición- las familias de 5 jóvenes originarios de Playa Vicente, desaparecidos por policías de Veracruz en enero de 2016, ampliaron una denuncia ante la FGE donde exigían que, por estos hechos -que permanecen detenidos ocho expolicías- se investigara la cadena de mando, que incluía al exsecretario de Seguridad Arturo Bermúdez y a Javier Duarte.

 “Al día de hoy esa denuncia únicamente ha pasado por diversas fiscalías sin que ninguna tenga la capacidad técnica o intelectual de decidir si existen elementos o no para procesarlos por ese delito”, explicó en entrevista el abogado de las cinco familias, Celestino Espinoza Rivera.

A lo referido por el jurista, se suma que el exsecretario de Seguridad, Arturo Bermúdez, a quien la FGE investiga de haber instruido la desaparición sistemática de personas en el sexenio pasado -por orden o anuencia de Javier Duarte-, terminó por consolidarse como el gran aliado del gobierno de Veracruz y de la PGR pues delató como testigo los desvíos de recursos del exgobernador que terminaron por condenarlo este 26 de septiembre.

Bermúdez, el segundo hombre con más poder en el sexenio duartista, sirvió como testigoprotegido de la FGE y PGR y fundamentó casos de corrupción y desaparición forzada que tiene en el penal de Pacho Viejo a por lo menos a cinco exfuncionarios, 40 expolicías y altos mandos de la FGE, entre ellos al extitular Luis Ángel Bravo Contreras y Javier Duarte.

En el último año, Bermúdez ha sido el testigo recurrente de la administración estatal, y a cambio, ha pactado la entrega de bienes muebles -que presuntamente compró con recursos públicos- que estaban a su nombre o a nombre de familiares cercanos, tal es el caso de su esposa Sofía Lizbeth Mendoza Hernández.

Y aunque el gobernador Miguel Ángel Yunes Linares ha declarado que no hay un pacto de impunidad, reconoció la posibilidad de suspender alguna investigación en contra de Bermúdez. “Hay procedimientos que autoriza el Código Nacional de Procedimientos Penales para que en caso de que se repare el daño o en el caso de que se determine devolver el bien, se pudiera suspender alguna carpeta de investigación”, afirmó.

LEER EL ARTÍCULO ORIGINAL PULSANDO AQUÍ.

Fotografía: Alberto Roa

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