Por: Lado B. 12/09/2024
La Red de Parteras Autónomas alerta sobre el proyecto de Norma Oficial Mexicana NOM-020-SSA-2024, señalando que discrimina su labor al dividirlas en “profesionales” y “no profesionales”, restringiendo su autonomía y acceso a recursos esenciales para la práctica de la partería.
La Red de Parteras Autónomas ha emitido una alerta sobre el reciente proyecto de Norma Oficial Mexicana (NOM) 020-SSA-2024, que pretende regular la práctica de la partería en México. Esta normativa es considerada discriminatoria, ya que establece una división entre parteras «profesionales» y «no profesionales», lo que, en opinión de las afectadas, atenta contra su autonomía y la diversidad de enfoques en el ejercicio de su labor.
Regulación bajo debate
El proyecto de NOM-020-SSA-2024, publicado en julio de 2024 por la Secretaría de Salud, busca regular la práctica de la partería en establecimientos de salud, tanto públicos como privados. La normativa pretende mejorar la calidad de la atención materna y neonatal, reducir la saturación hospitalaria, y disminuir el número de cesáreas innecesarias, la violencia obstétrica, y la tasa de mortalidad materna. Entre sus objetivos, también se incluye aumentar la aceptación de métodos anticonceptivos postparto y promover el parto natural en entornos más humanos y amigables.
La Secretaría de Salud ha destacado que la NOM establece criterios para las unidades médicas que ofrecen atención integral materna y neonatal, y define las bases para la integración de la partería profesional en el sistema de salud.
Preocupaciones de las parteras
A pesar de estos objetivos, la Red de Parteras Autónomas y otros colectivos han expresado su preocupación por lo que consideran un enfoque discriminatorio. Una de las principales críticas es la definición restrictiva de lo que constituye una casa de partería, limitando la gestión de estos espacios a parteras con cédula profesional. Esto podría dejar fuera a muchas parteras tradicionales que han brindado sus servicios sin contar con dicha certificación, afectando la accesibilidad y confianza en estos servicios para muchas mujeres.
Además, la NOM restringe el uso de medicamentos a parteras con cédula, lo que podría poner en riesgo la atención de mujeres atendidas por parteras sin esta acreditación, especialmente en situaciones que requieren intervención médica inmediata. Las parteras también se enfrentan a multas significativas en caso de incumplimiento de la norma, lo que, según ellas, amenaza su sustento y el de sus familias.
Otro punto de controversia es la restricción en el acceso a certificados de nacimiento, lo que podría violar el derecho a la identidad de los recién nacidos, según el artículo 4° constitucional. Asimismo, la NOM limitaría la capacidad de las parteras para asistir en abortos de manera segura, lo que va en contra de las recomendaciones de la Organización Mundial de la Salud.
Hannah Borboleta, fundadora de Morada Violeta, una casa de partería en la Ciudad de México, señala que la NOM «medicaliza la atención al parto», imponiendo criterios que discriminan la partería tradicional. «El gobierno debe buscar formas de vincularse con nosotras, pero no regular nuestra profesión. Tanto la partería como las casas de partos deben ser lugares autónomos», declaró.
Siete puntos centrales de esta Norma Oficial
- Divide a las Parteras en profesionales y tradicionales, lo que es discriminatorio porque no ocurre con ninguna otra profesión.
- Define qué es una casa de Partería, limitando a Parteras con cédula su gestión. Existen pocas casas de Partería y la mayoría son manejadas por Parteras sin cédula, esto deriva en que no tengas acceso a la casa de Partería de confianza.
- Impone que todas las Parteras se certifiquen cada dos años, sin especificar cómo será el proceso. Esto no ocurre con ninguna otra profesión médica
- Restringe el uso de medicamentos a las Parteras con cédula. Esto coloca en riesgo a las mujeres que se atiendan con Parteras sin cédula, que aún con conocimientos y experiencia no los podrían utilizar.
- Si una Partera incumple esta Norma Oficial Mexicana se aplicarían multas de millones de pesos.
- Restringe a las Parteras el acceso a certificados de nacimiento, lo que está en contra del artículo 4° constitucional al negar el derecho a la identidad a las personas recién nacidas.
- Niega la posibilidad a las Parteras de acompañar abortos de manera segura, lo que es contrario a la recomendación de la Organización Mundial de la Salud.
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Fotografía: lado be