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Perú defiende esterilizaciones forzadas de Fujimori, casi 30 años después

por RedaccionA julio 1, 2025
julio 1, 2025
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Por: Diana Cariboni. 01/07/2025

Miles de mujeres fueron esterilizadas bajo coacción, presiones o engaños, alegan las demandantes en el primer juicio internacional que enfrenta Perú por uno de estos crímenes
El gobierno de Perú decidió defender el programa de esterilizaciones forzadas de los años 90, en el juicio que se celebra ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos por la ligadura de trompas y muerte de Celia Ramos Durand, ocurridas en 1997.

Esta defensa resultó escandalosa a la luz de los hechos dolorosos que desgranaron testigos, representantes legales y peritos en más de ocho horas de audiencia, el 22 de mayo, en Ciudad de Guatemala.

En 2010, después de muchos años de impunidad, las tres hijas de Celia llevaron el caso al sistema interamericano y lograron que la Corte abriera en 2023 el primer juicio internacional por las esterilizaciones forzadas de Perú.

El infame Programa Nacional de Salud Reproductiva y Planificación Familiar (PNSRPF), que el régimen de Alberto Fujimori puso en marcha entre 1996 y 2000, consistió en la esterilización forzada de miles de mujeres, la inmensa mayoría residentes en zonas rurales y en la pobreza, muchas de ellas quechuahablantes.

En los años del PNSRPF se esterilizaron más de 272.000 mujeres y 22.000 hombres. No se sabe cuántas personas fueron sometidas al procedimiento contra su voluntad. En el Registro de Víctimas de Esterilizaciones Forzadas – creado por el propio Estado dos décadas después – se han inscrito casi 7.000 personas, pero el número real de víctimas es mucho mayor.

Sin embargo, quienes asistimos a la audiencia escuchamos atónitas al representante del gobierno, el procurador adjunto Carlos Llaja Villena, afirmar que “el principal propósito del PNSRPF fue optimizar el estado de salud sexual y reproductiva de varones y mujeres” y “cumplir obligaciones internacionales emanadas de la Declaración y Plataforma de Beijing”, la cumbre de la ONU sobre los derechos de las mujeres de 1995.

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Procurador adjunto Carlos Llaja Villena en la audiencia ante la Corte Interamericana | Captura de pantalla Youtube

“El PNSRPF imponía la obligación de brindar información veraz y adecuada; su manual contemplaba lineamientos de consejería y escenarios de arrepentimiento posterior”, dijo Llaja Villena. Tenía un “enfoque neutro” y buscaba “el bienestar general”. Se trató de “una política de salud pública dedicada a proteger derechos sexuales y reproductivos y no una práctica lesiva”. Existía fiscalización adecuada, sostuvo.

Por tanto, concluyó el procurador en su alegato, “el estado solicita que se reconozca la legitimidad y razonabilidad del PNSRPF”, puesto que “el estado ha demostrado que actuó conforme al principio de igualdad y que no existió una política de violencia contra mujeres”.

Abundan investigaciones de organismos públicos peruanos – la Defensoría del Pueblo, el Congreso, varias fiscalías – y organizaciones nacionales e internacionales, que desmienten al procurador.

El Estado peruano reconoció en 2003 su responsabilidad en delitos cometidos en el marco del PNSRPF, en un acuerdo de solución amistosa que firmó con la familia de otra víctima, Mamérita Mestanza, bajo supervisión de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) – y para evitarse un juicio internacional como el que ahora enfrenta. En ese acuerdo, Perú se comprometió a reabrir investigaciones judiciales que comprenden a miles de víctimas del PNSRPF.

El año pasado, el Comité de las Naciones Unidas para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer dictaminó, luego de analizar casos de cinco víctimas, que esta política de esterilización fue “una forma de violencia basada en el sexo y de discriminación interseccional contra mujeres indígenas, rurales y económicamente desfavorecidas”.

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Audiencia del 22 de mayo, celebrada en la capital de Guatemala | Corte Interamericana de Derechos Humanos bajo licencia Creative Commons

No es común que un gobierno defienda, décadas después, unas prácticas tan desacreditadas de un régimen autoritario.

“Para nada se trata de una defensa democrática y respetuosa de los derechos humanos, acorde a los pilares de la OEA y tratados que el Estado firmó voluntariamente”, dijo a openDemocracy la abogada Florencia Reggiardo, del Centro por la Justicia y el Derecho Internacional (Cejil), una de las organizaciones que representa a la familia de Celia.

“Pero de parte de Perú no sorprende; es el negacionismo que vienen sosteniendo los tres poderes del Estado desde hace ya año y medio y que se consolida cada vez más”, agregó Reggiardo, directora del Programa para la Región Andina, Norteamérica y el Caribe de Cejil.

Últimos días de Celia Ramos Durand

Celia nació y vivió en el caserío La Legua, en el departamento de Piura, noroeste de Perú. Cursó escuela primaria y secundaria; tenía 34 años, estaba casada con Jaime Monzón y tenía tres hijas de 10, 8 y 5 años. “Vivíamos con la familia extensa de mi mamá, mis abuelos maternos y tíos”, dijo en la audiencia su hija mayor, Marisela del Carmen Monzón Ramos.

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Marisela del Carmen Monzón Ramos, hija de Celia Ramos Durand, declara en la audiencia del 22 de mayo | Captura de pantalla de Youtube

La joven describió a su madre como una mujer fuerte, alegre y cariñosa y verdadero sostén de la familia.

En La Legua, “las familias, la mayoría en estado de pobreza, no teníamos agua ni electricidad continua. El único servicio de salud era una posta que atendía casos con baja complejidad. No había alcantarillado ni desagües. Las casas están construidas con cañas y barro. Había algunas con ladrillos”, dijo Monzón Ramos.

En las semanas previas a la esterilización, el 3 de julio de 1997, Celia recibió por lo menos cinco visitas de personal de salud para convencerla de que accediera al procedimiento, que era “sencillo como sacarse una muela”, dijo la hija. Ella no quería, y así se lo dijo a familiares y amigas. Pero finalmente cedió.

En la posta de salud que solo tenía agua corriente pocas horas al día, estaban planificadas para el 3 de julio 15 esterilizaciones. Celia fue la número 14; la 15 no se realizó.

Según testimonios de un médico auxiliar y un camillero recogidos en la investigación policial, los médicos en sala pedían más anestesia y oxígeno a las enfermeras, que decían que no había. “Y esto ante los gritos desesperados de la señora Celia”, dijo en la audiencia la abogada demandante Gisela de León, del Cejil, leyendo el atestado policial.

Las enfermeras recibieron la orden de ir a comprar insumos a la farmacia. A Celia le suministraron diazepam, que le causó una reacción alérgica y un paro cardiorrespiratorio. A las cuatro de la tarde fue remitida de urgencia a una clínica privada en Piura; llegó una hora y media después. Su estado era de daño cerebral por falta de oxígeno, según el informe del médico que la recibió.

Como Celia no volvía a casa, algunos parientes fueron a la posta a preguntar por ella; les dijeron que la habían trasladado a la ciudad luego de extirparle un tumor. “Mi tía llegó muy impresionada, con una bolsa que le dieron con un líquido y algo que parecía un tumor”, relató su hija Marisela en la audiencia. Luego se comprobó que era de otra persona.

Celia pasó los siguientes días en coma. Murió el 24 de julio de 1997.

Sin justicia

Tres días después, su marido Jaime Monzón denunció a los médicos que la operaron por “lesiones graves seguidas de muerte”. La fiscalía archivó la investigación en diciembre de 1997, calificando el incidente como “hecho fortuito”.

En 2002, “se abrió una investigación de varios casos promovida por un congresista, que fue archivada por la fiscalía provincial de delitos contra los derechos humanos en 2009, aplicando la figura de prescripción de la acción penal”, relató en la audiencia Stuardo Ralón, comisionado de la CIDH.

Esa investigación fue reabierta en 2011 en nombre de más de 2.000 víctimas, entre ellas Celia Ramos y Mamérita Mestanza, contra exministros de Salud como autores mediatos de los crímenes. En 2013, la fiscalía decidió ampliar la investigación a Fujimori, “entendiendo que los delitos constituyen graves violaciones de derechos humanos y conexos con delitos de lesa humanidad”, sostuvo la CIDH en su informe a la Corte. Pero en 2016, el caso de Celia fue nuevamente cerrado por la fiscalía, por la presunta existencia de un consentimiento informado.

“En 2018 se realiza una nueva denuncia contra los autores mediatos”, dijo Ralón. “La investigación abierta a la fecha continúa en etapa preliminar sin que se hayan esclarecido los hechos ni sancionado a las personas responsables”.

En 2010, las hijas de Celia denunciaron ante la CIDH la esterilización y muerte de su madre y la impunidad como única respuesta del Estado. En 2021, la CIDH – que vela por el cumplimiento de la Convención Americana de Derechos Humanos, pero no es un tribunal de justicia – halló a Perú responsable de la violación de los derechos a la vida, a la integridad, a las garantías judiciales, a la igualdad ante la ley, a la protección judicial y a los derechos sexuales y reproductivos de Celia Ramos y le recomendó reparar a la familia, investigar los hechos y castigar a los culpables. En 2023, y ante la inacción de las autoridades, la CIDH elevó el caso ante la Corte.

Fujimori, que estaba preso por otros crímenes de lesa humanidad, murió en libertad e impune el año pasado. En diciembre de 2023, el Tribunal Constitucional ordenó liberarlo aplicando un indulto humanitario. Una ley que en agosto pasado declaró prescritos todos los crímenes de guerra o de lesa humanidad cometidos antes de 2002, se cierne ahora como una nueva amenaza contra los juicios por esterilizaciones.

Ligadura de trompas y felicidad

En 1996, cuando se lanzó el PNSRPF y su componente estrella, la anticoncepción quirúrgica voluntaria (AQV), Fujimori había ganado la reelección un año antes. Pero el suyo ya era un régimen autoritario. En 1992 lideró un golpe de Estado que disolvió el Congreso, intervino el Poder Judicial y todos los órganos de contralor y militarizó los principales medios de comunicación.

Fujimori adujo la obstrucción del Congreso a sus políticas, en especial el combate a las guerrillas izquierdistas Sendero Luminoso y Movimiento Revolucionario Túpac Amaru, un conflicto que dejó casi 70.000 muertos y desaparecidos entre 1980 y 2000, según la Comisión de la Verdad y Reconciliación. La mayoría de las víctimas eran quechuahablantes.

A raíz del conflicto, casi 900.000 personas migraron internamente entre 1990-95, y 78% de las familias desplazadas tenían una mujer como jefa de hogar. Perú tenía en 1996 la segunda mortalidad materna más alta del continente y una de las más altas del mundo – 265 muertes por cada 100.000 nacidos vivos.

En 1991, el gobierno de Fujimori se puso como meta “reducir el ritmo de crecimiento natural de la población a un nivel no mayor de 2% anual para 1995” con una tasa global de fecundidad que “no deberá superar el nivel de 3,3 hijos por mujer”. Las esterilizaciones se realizaron durante toda la década, pero se dispararon en los primeros dos años del PNSRPF (1996-98).

Pero mientras esto sucedía en Perú, el mundo acordaba situar la salud sexual y reproductiva en el marco de los derechos humanos, y no de políticas demográficas y de control de natalidad, al tiempo que reconocía el derecho de las personas, y en especial de las mujeres, a decidir sobre su fecundidad de manera autónoma. Ese fue un hito de la conferencia de población de la ONU de El Cairo (1994) reforzado en Beijing (1995).

En noviembre de 1996, activistas feministas de CLADEM (Centro Latinoamericano para la Defensa de los Derechos de la Mujer) recibieron los primeros indicios de abusos del PNSRPF en Huancabamba, una provincia montañosa de Piura, mismo departamento de Celia. Al año siguiente, llegaron a la Defensoría del Pueblo las primeras denuncias. Un informe de CLADEM, ‘Nada personal’ sobre los primeros años del PNSRPF recogió 243 casos en los 19 departamentos del país hasta noviembre de 1998.

Allí se documentaron metas numéricas incrementales de AQV; cuotas de captación de usuarias para cada centro de salud, y presiones, incentivos y amenazas al personal médico para aumentar la cantidad de operaciones. Esto incluía entrega de dinero por cada mujer “efectivamente captada” (entre 4 y 8 dólares, según se dijo en la audiencia).

“Un verbo recurrente en la literatura sobre las esterilizaciones es ‘captar’, en referencia a las cuotas”, dijo en la audiencia la perita Kimberly Theidon, antropóloga médica doctorada en la Universidad de Berkeley, California, presentada por las demandantes.

Aunque el programa incluía también vasectomías, las cuotas se enfocaban en la población femenina, cuya captación se procuraba mediante campañas masivas de promoción exclusiva de la AQV, como ferias y festivales.

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Imagen de una campaña de esterilización publicada por la prensa en septiembre de 1996 y presentada en la audiencia de la Corte

No era raro que hubiera bandas musicales y actividades festivas y deportivas, indica el informe de CLADEM, que documenta muchos de estos eventos. En un festival en San Lorenzo, en la Amazonía peruana, se desplegó un cartel que rezaba “Nosotros decidimos tener sólo dos hijos ¡Por eso elegimos el método de ligadura de trompas y somos felices!”.

Theidon observó: “Los mensajes articulaban la esterilización con la felicidad, promesas de remuneración monetaria y comida”. En un contexto de elevada desnutrición crónica infantil en zonas rurales, de 45% según la perita, “los niños con hambre se utilizaron como arma para convencer a las madres de esterilizarse”.

Pero las campañas incluían otros aspectos engañosos, como ofertas de atención de salud para toda la familia, desde detección de tuberculosis, dengue o malaria hasta atención dental o controles de cáncer, que luego resultaban incumplidas. De forma simultánea, se hacían visitas de captación a las mujeres, como las que recibió Celia Ramos.

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Recorte de artículo del diario peruano El Comercio, del 7 de noviembre de 1996

Hubo casos de mujeres esterilizadas luego de un parto o una cesárea sin haber sido informadas previamente. Otras relataron ser llevadas a la fuerza, amenazadas con negarles atención de salud a ellas o a sus hijos o incluso denunciarlas a la policía. En otras ocasiones, los agentes de salud hacían firmar un consentimiento al esposo o pareja de la mujer, incluso sin que ésta se enterara.

“Se impusieron estereotipos de género, legados coloniales, la discriminación étnica y normas machistas que consideraban que mujeres pobres, indígenas, analfabetas no eran capaces, no tenían el derecho de tomar decisiones sobre su fertilidad”, describió Theidon.

La Defensoría del Pueblo realizó varias investigaciones y recomendaciones, la primera en 1998 con nueve víctimas. La segunda, al año siguiente, contenía 157 denuncias. Pero la situación se hizo tan grave que la Defensoría creó un sistema especial de seguimiento del programa de esterilizaciones, con énfasis en las zonas rurales. El tercer informe incluyó 773 casos entre mediados de 1999 y septiembre de 2002.

En su peritaje, Theidon inscribió las esterilizaciones en la lógica de guerra interna peruana. “Desde médicos militares hasta soldados que montaban guardia a las puertas de quirófanos improvisados, desde catres militares hasta equipos quirúrgicos, se trataba de una operación combinada, que difuminaba los frentes de guerra, desplegada en un contexto altamente militarizado por los años de conflicto armado”, dijo.

¿Qué consentimiento?

Desde que el caso de Celia Ramos llegó al sistema interamericano en 2010 no se presentó prueba de que ella hubiera consentido la esterilización.

En su respuesta escrita ante la Corte, el gobierno sostuvo que “‘no existe historia clínica de Celia Ramos Durand, presumiendo que se haya deteriorado por el fenómeno de El Niño acaecido en 1998, lo cual imposibilita al Estado peruano de presentar el consentimiento firmado”.

Pero en la audiencia de mayo, el abogado especializado en derecho civil Eduardo Buendía de los Santos, perito del Estado, introdujo una fotografía de lo que calificó como “consentimiento informado” de Celia Ramos, explicando que lo recibió de los representantes del gobierno unas “tres o cuatro semanas” antes de la audiencia, y que nunca vio el documento original.

Fechado el 1 de julio de 1997 y titulado ‘Solicitud y autorización de atención para la prevención quirúrgica del riesgo reproductivo’, el documento dice que la firmante fue “informada de los medios anticonceptivos disponibles como de las razones por las que mi estado de salud se vería seriamente comprometido en caso de embarazo”.

Pero – admitió el perito Buendía al contestar preguntas de las juezas – el documento no menciona ninguna dolencia o condición de Celia que justificara la esterilización, ni los riesgos asociados a la cirugía, ni su carácter irreversible, elementos indispensables de un consentimiento informado.

“El formulario es bastante diferente al modelo que se usaba en ese momento, y la firma de la víctima no condice con la que ella tenía”, dijo Reggiardo, de Cejil, a openDemocracy.

Las demandantes consideraron un acto “de mala fe” que el documento se presentara tres días antes de la audiencia, impidiéndoles un peritaje sobre su autenticidad y contenido, cuando la etapa de presentación de pruebas fue extensa.

El abogado del gobierno Domingo Rojas contestó que habían dado con el documento “un par de meses atrás” y que era fotocopia de fotocopia, debido a que los documentos originales se destruyeron por una inundación.

La Corte observó que formalmente no obra aún en el expediente, y que deberá decidir si lo admite. “Este documento lo tiene antes el perito que la Corte, cuatro semanas antes de realizar su pericia y, en segundo lugar, ustedes traen, en el momento de la audiencia, fotografías de ese documento”, cuestionó el juez Ricardo Pérez Manrique.

En su alegato final, el gobierno negó que hubiera impunidad puesto que está en curso “una investigación seria y diligente” en Perú. Y volvió a rechazar las denuncias contra el PNSRPF. “No queremos desconocer legítimos reclamos que están en curso en sede nacional”, dijo el procurador adjunto Llaja Villena. “Pero sí señalar que el plan, en objetivos y lineamientos, era correcto y es correcto”.

Las partes tienen plazo hasta el 23 de junio para presentar sus alegatos finales por escrito.

LEER EL ARTÍCULO ORIGINAL PULSANDO AQUÍ

Fotografía: Open democracy. .Manifestación feminista en reclamo de justicia por las esterilizaciones de la década de 1990. Lima, abril 2016 Georg Ismar/DPA/PA Images

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