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Tribunal Federal declara la nulidad del Proyecto Chemours Laguna.

por La Redacción diciembre 8, 2020
diciembre 8, 2020
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Por: REMA. 08/12/2020

Luego de más de tres años de un sinuoso litigio planteado por habitantes de las comunidades afectadas, el Pleno Jurisdiccional de la Sala Superior del Tribunal Federal de Justicia Administrativa (TFJA) dictó sentencia en la que declaró, por unanimidad de votos, la nulidad de la autorización en materia de impacto ambiental del Proyecto Chemours Laguna.

El Proyecto de la empresa ”The Chemours Company” comprende la instalación y operación de una planta química dedicada a la producción de 65,000 toneladas de Cianuro de Sodio al año para abastecer a la industria minera mexicana. El cianuro de sodio es uno de los venenos más potentes del mundo y genera daños irreversibles a la salud y al medio ambiente y su producción, frente a comunidad de “El Siete Pueblo Nuevo” del municipio de Gómez Palacio en el Estado de Durango, podría afectar los ecosistemas circundantes, poner en riesgo a las poblaciones vecinas y a la Comarca Lagunera en su conjunto.

El 2 de marzo del 2017, luego de no ser bienvenidos en el municipio de Salamanca en Guanajuato y mientras aún intentaban obtener la autorización para su proyecto “Chemours San Luis”, en el municipio de San Luis de la Paz, también en Guanajuato y donde tampoco fueron bienvenidos, The Chemours Company presentó ante la Dirección General de Impacto y Riesgo Ambiental (DGIRA) de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT) la solicitud de autorización para la realización de las obras y las actividades contempladas en su Proyecto “Chemours Laguna”.

Ha sido y es nuestra opinión, sin embargo, que la autorización de fecha 8 de mayo de 2017, contenida en el Oficio Nº SGPA/DGIRA/DG03273, nunca debió concederse ya que la Manifestación de Impacto Ambiental presentada por The Chemours Company contiene múltiples irregularidades que incumplen con lo dispuesto en la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente (LGEEPA) pues presenta información inconsistente, incompleta, omisa y, en consecuencia, falsa, con relación a los impactos ambientales, a los documentos y a las fuentes consultadas, así como a los riesgos a la salud pública.

Por ello, el 22 de agosto del 2017, un grupo de ciudadanas y ciudadanos que resultarían afectados por el Proyecto “Chemours Laguna” acudieron ante el TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA ADMINISTRATIVA a demandar la nulidad de la autorización, ya que al incumplir con lo que establece la LGEEPA y con diversos instrumentos de política ambiental que la misma ley regula, la autorización viola el derecho humano a un medio ambiente sano consagrado en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y en diversos tratados internacionales en los que el Estado mexicano es Parte.

Para arribar a su determinación, al Pleno Jurisdiccional de la Sala Superior del Tribunal Federal de Justicia Administrativa (TFJA) le fue suficiente el análisis de sólo uno de los diez conceptos de impugnación consignados en la demanda, consistente en la ausencia de información sobre la denominada “Terminal” en la que sería recibido, descargado y almacenado el amoníaco que se utiliza como insumo para la producción del cianuro.

De acuerdo con la sentencia, el concepto de impugnación analizado resultó fundado toda vez que la falta de información impidió que la autoridad realizará una valoración de riesgo basada en datos apegados a la realidad y que se tomarán las medidas necesarias evitar daños ambientales.

En virtud de lo anterior, el Pleno Jurisdiccional de la Sala Superior del Tribunal Federal de Justicia Administrativa (TFJA) consideró procedente declarar la nulidad de la resolución de la SEMARNAT que autoriza el Proyecto Chemours Laguna para el efecto de que la autoridad le solicite a la empresa las aclaraciones, rectificaciones o ampliaciones necesarias para conocer el impacto ambiental real que generará su proyecto y, con libertad de jurisdicción, emita una nueva resolución en la que la analice, evalúe y determine si concede o no la autorización del Proyecto.

En esencia, esta resolución nos devuelve a marzo del 2017 y coloca al Frente Unido de Pueblos de La Laguna en Defensa de la Vida y el Territorio, en una mejor posición para combatir, desde el inicio, al Proyecto Chemours Laguna.

8 de diciembre del 2020, Goméz Palacio, Durango

!FUERA CHEMOURS DE NUESTROS TERRITORIOS¡

Frente Unido de Pueblos de La Laguna en Defensa de la Vida y el Territorio

Red Mexicana de Afectadas/os por la Minería

Acción Colectiva Socioambiental

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