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Histórico reconocimiento del Lago Titicaca como sujeto de derechos

por RedaccionA mayo 20, 2025
mayo 20, 2025
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Por: Redeco. 20/05/2025

La Región de Puno (Perú) aprobó una ordenanza que declara como sujeto de derechos al Lago Titicaca y estableció la participación indígena en el organismo nacional de gestión de la cuenca. La medida fue impulsada por mujeres aymaras y quechuas ante el avance de la contaminación de las aguas y el perjuicio que esto genera para su cosmovisión y la producción campesina indígena.

El Consejo Regional de Puno (Perú) reconoció al Lago Titicaca como “sujeto de derechos”, estableció el derecho a la participación indígena en la gestión de esa cuenca hídrica y el valor espiritual del lago. El Titicaca es el espejo de agua dulce más grande de Sudamérica y el más alto de los grandes lagos del mundo. La resolución que declara sus derechos fue impulsada por la Organización de Mujeres Aymaras y Quechuas Unidas por la Defensa del Agua y del Lago Titicaca de Puno. Su presidenta, Soraya Poma Cotrado, explica: “Como mujeres indígenas y campesinas el lago es nuestra ‘Qhuta mamá’ (madre lago), es vida y por eso hemos luchado”.

El Titicaca se ubica a 3810 metros sobre el nivel del mar, entre Perú y Bolivia, y cuenta con una superficie de 3300 kilómetros cuadrados. Es una enorme reserva de abastecimiento hídrico y cuna de saberes ancestrales de los pueblos indígenas andinos. Forma parte del sistema hídrico más grande de la región, conformado por el Titicaca y los ríos Desaguadero, Poopó y Salares.
Poma Cotrado relata que la sanción de la ordenanza no fue fácil. El punto que generó más controversia fue el Artículo 5.

“Ese artículo indicaba que las organizaciones y comunidades campesinas e indígenas íbamos a estar integradas en la participación. Fue una lucha, hemos tenido varias reuniones con las autoridades. Hemos hecho entender cuán importante es el Lago Titicaca, cómo deberíamos valorarlo y protegerlo”, puntualiza. La agrupación tiene bases en las trece provincias de la región Puno. En 2024 comenzaron el proceso de elaboración de la ordenanza y de incidencia política para su aprobación.

El 24 de abril, el órgano legislativo de Puno resolvió declarar “de preferente interés regional el reconocimiento del Lago Titicaca y sus afluentes como sujeto de derecho, con personalidad jurídica propia, garantizando su protección integral para la preservación de su equilibrio ecológico, biodiversidad y valores culturales, sociales y espirituales de los pueblos indígenas circundantes, comunidades locales y organizaciones vinculadas a su gestión y conservación en la región”.

Puno, la región que tiene jurisdicción sobre el Titicaca, reconoció también con la ordenanza que el lago tiene derecho a su existenciay al mantenimiento de su integridad ecológica, a la regeneración natural de sus ciclos hidrológicos y biodiversidad, a estar libre de contaminación y de actividades que alteren su estado natural, a ser restaurado en caso de afectación ambiental y a ser representado por entidades que velen por su protección y conservación.

La ordenanza reconoce al Gobierno Regional de Puno, a los pueblos indígenas circundantes y comunidades locales como guardianes y representantes del lago, asegurando un mecanismo de representación equitativo y con enfoque de género. Establece que las decisiones administrativas que afecten al Lago deberán someterse a consulta previa a los pueblos originarios, según lo establece el Convenio 169 de la OIT. La misma norma admite que “el reconocimiento de estos derechos se basa en el derecho consuetudinario de los pueblos indígenas y en los principios de la justicia ambiental”.

Saldar una deuda histórica con los pueblos indígenas

Julio César Mejía Tapia es director del Instituto de Derecho, Participación Social y Medioambiente en Puno y asesor jurídico de la organización de mujeres indígenas que impulsó la ordenanza. Explicó a Tierra Viva que, tras la sanción, resta que el gobierno de Puno promulgue la ordenanza. Luego, tendrán 120 días para elaborar el reglamento que haga operativos los derechos reconocidos.

Sobre los aspectos técnicos, detalló: “Hemos hecho un diagnóstico y establecido los derechos que le corresponden al lago Titicaca, con la idea de descontaminarlo, conservarlo, protegerlo e involucrar a los pueblos originarios circundantes y a las organizaciones representativas que tengan como finalidad, protegerlo y cuidarlo”. Con esta ordenanza, la Región Puno se compromete a incorporar los valores y conocimientos ancestrales en las políticas y estrategias de conservación.

“En la fase de reglamentación se establecerán cuáles serán las sanciones para quienes contaminen y la participación de los pueblos originarios en el Consejo de Cuenca de la región Puno, dependiente de la Autoridad Nacional del Agua”, precisó.
Informó que en el lado boliviano también se está tramitando una ordenanza similar. Poma Cotrado comentó que, como mujeres indígenas peruanas, se encuentran trabajando con lideresas bolivianas en ese sentido.

Para Mejía Tapia este paso significa pagar “la deuda histórica que tienen los Estados latinoamericanos, como el peruano, con sus pueblos originarios porque está recogiendo o pretende recoger sus saberes ancestrales. Los pueblos originarios tienen una relación espiritual y cultural con la Pachamama y con las fuentes de agua. Esta ordenanza es parte de esto: de intentar saldar esta deuda histórica a través de recoger su sabiduría y su participación en la gestión estatal. Recoge otra forma de pensar, otra forma de hacer la gestión, otra mirada que es la que siempre han tenido los pueblos indígenas, tener una relación no solo económica, sino una relación más cercana con la naturaleza”.

Agua contaminada y salud en peligro

Estudios de la Autoridad Nacional del Agua (ANA) realizados en los últimos años concluyeron que existe una alta contaminación en el río Torococha, al contener sustancias tóxicas que sobrepasan los valores regulados por los estándares de calidad ambiental para el agua. Esto convierte al río, cuyas corrientes se unen con el Coata y desemboca en el lago Titicaca, en un peligro para la salud de las personas que habitan en las riberas.

Otro Informe técnico de la ANA advirtió la presencia de 15 fuentes contaminantes en el río Coata. Cuatro de ellas son aguas residuales de la minería y las demás son puntos de aguas servidas. El documento, además, indica altas concentraciones de metales, como manganeso, plomo, talio y zinc, y la presencia de coliformes fecales, provenientes del vertimiento de aguas residuales en las ciudades de Vilavila y Juliaca.

“En Perú, aunque existen normas contra la contaminación, el Titicaca sigue recibiendo desechos mineros e industriales porque, jurídicamente, no tiene quién lo defienda”, sostuvo Mejía Tapia. Además, precisó: “Hay presencia de minería artesanal no identificada y actividad minera que debe inventariar la contaminación. Está probado que la contaminación existe pero hay un déficit de parte del Estado de identificar las fuentes contaminantes”.

En 2024, la Sala Civil de Juliaca ratificó el fallo del Segundo Juzgado Civil de Juliaca (emitido en setiembre de 2023), que responsabiliza al gobierno Regional de Puno, la Dirección Regional de Salud (Diresa) Puno, la Municipalidad Provincial de San Román, la Entidad Prestadora de Servicios de Saneamiento del distrito de Juliaca (SEDA-Juliaca) y el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento por las condiciones insalubres e indignas que viven los pobladores de los distritos de Coata, Huata, Capachica y Caracoto, al estar expuestos a la contaminación ambiental del río Torococha, la cuenca Coata y el lago Titicaca.

“La Qhuta mamá es nuestra doncellita y está muy enferma”, dice Poma Cotrado. En la cosmovisión indígena el lago se comunica con los cerros y en sus riberas crece “qhuta t’aurapa” (lana del lago) que les indica cuándo habrá buena cosecha. Cuando sus aguas se oscurecen, indica que habrá lluvia.

Las familias de la zona cultivan papa, cebada, quinoa y trigo. “Por la contaminación, el sabor de lo que cultivamos ya no es el mismo. Hay personas enfermas con metales pesados en su sangre. Esperamos que las autoridades competentes tomen conciencia. La isla de Uros, que está en medio del lago se ve para el turismo, pero desde allí tiran afluentes al lago”, lamenta la presidenta de la agrupación.

Precedentes jurídicos

En Perú, debido al reclamo de las mujeres del Pueblo Kukama, el Juzgado Mixto de Nauta marcó un precedente en 2022 al reconocer la importancia de los cuerpos de agua y la necesidad de mecanismos de protección efectiva, en ese caso para el río Marañón. Este reconocimiento fue un precedente significativo, en tanto adoptó un paradigma ecocéntrico en la gestión de la cuenca, garantizando su preservación a largo plazo y su restauración frente a amenazas ambientales. Además incluye la participación de las comunidades locales.

En 2008, Ecuador reconoció en su Constitución (artículo 71) que la “Pachamama” —la Madre Tierra— tiene derecho a existir, mantenerse y regenerarse. En 2010 Bolivia aprobó la Ley 071 de Derechos de la Madre Tierra, declarando a la naturaleza como “sujeto colectivo de interés público”. Esta ley no protege ríos y bosques por su valor económico, sino por su valor sagrado en las cosmovisiones indígenas.

En 2016, la Corte Constitucional de Colombia reconoció al Río Atrato como sujeto de derechos, en respuesta a la minería ilegal que lo devastaba. Un paso similar dio Ecuador en 2024 con el Río Machángara. En 2017, la Corte Interamericana de Derechos Humanos, en su Opinión Consultiva OC-23, afirmó que el medio ambiente es un derecho autónomo, que merece protección por sí mismo, no solo por su utilidad para los humanos.

LEER EL ARTÍCULO ORIGINAL PULSANDO AQUÍ

Fotografía: Redeco

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