Por: Impulso Informativo. 12/02/2016
El Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación (INEE) pospuso la Evaluación de Desempeño de los maestros de educación básica y media superior, programada para los meses de febrero a mayo.
A través de un acuerdo que publicó el día de ayer el organismo de la evaluación en el diario Oficial de la Federación (DOF), fueron omitidas las fechas para el segundo grupo.
“Durante el 2016: Las fechas se establecerán en el Calendario 2016 para la implementación de los procesos de evaluación establecidos en la Ley General del Servicio Profesional Docente publicado por el Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación”, versa el documento publicado por el INEE.
Originalmente, dicha evaluación se haría en dos grupos: de septiembre a noviembre de 2015 y de febrero a mayo de 2016.
Hasta el momento el organismo no ha precisado las razones para dejar sin efecto el periodo programado para que el segundo bloque de 150 mil maestros que presentarían la evaluación del desempeño.
Cabe señalar que en su balance de la evaluación del desempeño docente, el INEE argumentó que dicha evaluación no se realizó en las condiciones adecuadas, pues en varias entidades del País, se realizaron protestas y agresiones, acciones violentas de los maestros disidentes, así como traslados de maestros desde muy temprano en la madrugada por parte de la autoridad educativa con apoyo de la Policía Federal (PF).
Dichas condiciones sometieron a los docentes que se estaban evaluando a una presión excesiva, lo cual “es contrario al concepto de una evaluación formativa y que exige condiciones para pensar y reflexionar”, puntualizó INEE.
DOF: 25/01/2016 |
ACUERDO por el que se modifican los párrafos primero, segundo b., y deroga el párrafo tercero de los artículos 6 y 31 de los Lineamientos para llevar a cabo la evaluación del desempeño de quienes realizan funciones de docencia, dirección y supervisión enEducación Básica y Media Superior. LINEE-05-2015. Al margen un logotipo, que dice: Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación. ACUERDO POR EL QUE SE MODIFICAN LOS PÁRRAFOS PRIMERO, SEGUNDO B., Y DEROGA EL PÁRRAFO TERCERO DE LOS ARTÍCULOS 6 Y 31 DE LOS LINEAMIENTOS PARA LLEVAR A CABO LA EVALUACIÓN DEL DESEMPEÑO DE QUIENES REALIZAN FUNCIONES DE DOCENCIA, DIRECCIÓN Y SUPERVISIÓN EN EDUCACIÓN BÁSICA Y MEDIA SUPERIOR. LINEE-05-2015
La Junta de Gobierno del Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación, con fundamento en los artículos 3o., fracciones III y IX, inciso b) de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 29, fracciones I y II de la Ley General de Educación; 3, 7, fracciones I y III, incisos b), f), h) y VI; 13, fracciones III y V; 52, 53 y 54 de la Ley General del Servicio Profesional Docente; 14, 15, fracción III; 28, fracciones I, III, incisos b), f) y VI; 38, fracciones VI y XXI; 47, 48 y 49 de la Ley del Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación; aprueba el:
Acuerdo por el que se modifican los párrafos primero, segundo b., y deroga el párrafo tercero de los artículos 6 y 31 de los Lineamientos para llevar a cabo la evaluación del desempeño de quienes realizan funciones de docencia, dirección y supervisión en educación básica y media superior. LINEE-05-2015, para quedar de la siguiente manera:
“Artículo 6. La evaluación del desempeño de Docentes, Técnico Docentes y personal con funciones de Dirección y Supervisión en servicio se realizará por ciclo escolar. En cada ciclo escolar serán seleccionados grupos de personal con funciones de Docencia, Dirección y Supervisión para participar en la evaluación de desempeño correspondiente.
Para el ciclo escolar 2015-2016 la evaluación se aplicará en dos grupos designados por la Secretaría de común acuerdo con el Instituto en los siguientes periodos:
a. De septiembre a diciembre de 2015: Primer grupo
b. Durante el 2016: Las fechas se establecerán en el Calendario 2016 para la implementación de los procesos de evaluación establecidos en la Ley General del Servicio Profesional Docente publicado por el Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación.
… se deroga el tercer párrafo”.
“Artículo 31. La evaluación del desempeño de Docentes, Técnico Docentes y personal con funciones de Dirección con nombramiento definitivo se realizará por ciclo escolar. En cada etapa serán seleccionados grupos de personal con funciones de docencia y dirección para participar en la evaluación de desempeño correspondiente.
Para el ciclo escolar 2015-2016 la evaluación se aplicará en dos grupos designados por la Secretaría de común acuerdo con el Instituto en los siguientes periodos:
a. De septiembre a diciembre de 2015: Primer grupo
b. Durante el 2016: Las fechas se establecerán en el Calendario 2016 para la implementación de los procesos de evaluación establecidos en la Ley General del Servicio Profesional Docente publicado por el Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación.
… se deroga el tercer párrafo”.
TRANSITORIOS
ÚNICO.- El presente Acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
México, D.F., a quince de enero de dos mil dieciséis.- Así lo aprobó la Junta de Gobierno del Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación en la Primera Sesión Extraordinaria de dos mil dieciséis, celebrada el quince de enero de dos mil dieciséis. Acuerdo número SEJG/1-16/03,R.- La Consejera Presidenta, Sylvia Irene Schmelkes del Valle.- Rúbrica.- Los Consejeros: Eduardo Backhoff Escudero, Teresa Bracho González, Gilberto Ramón Guevara Niebla, Margarita María Zorrilla Fierro.- Rúbricas.- El Director General de Asuntos Jurídicos, Agustín E. Carrillo Suárez.- Rúbrica.
(R.- 425332)
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Fuente: http://impulsoinformativo.net/2016/01/27/tiempos-electorales-pospone-inee-la-evaluacion-del-desempeno-docente/
Fotografía: noticierostelevisa