Por: Juan E. Pardinas. Reforma. 14/08/2017
No llegamos aquí por casualidad. Nuestro estado de la impunidad no es un producto del azar, sino de un ejercicio de planeación legislativa. Una ingeniería cuidadosa que diseña lagunas donde debería haber sanciones. Agujeros en las leyes por donde se fugan ex gobernadores y otros delincuentes que están devastando a las instituciones de la República. La Ley General de Delitos Electorales es un buen ejemplo de este diseño de la impunidad. De acuerdo con el espíritu de esta norma, el desvío de recursos públicos para fines electorales no es considerado un delito grave. Para los ladrones que se roban lana del erario con el fin de apoyar a un partido político o campaña electoral, las leyes diseñadas en el Congreso muestran toda la severidad y dureza de un flan a medio cuajar.
Si un gobernador ordena un desvío de fondos del erario para beneficiar a determinado candidat@, no sólo está asaltando el tesoro público sino destruyendo el principio de equidad que debe regir la competencia electoral. Este intercambio de dineros y favores, entre los que se van del poder y los que quieren llegar, es el cimiento sobre el que se construyen los acuerdos de impunidad.
Durante más de dos décadas, la Fiscalía Especializada para la Atención de Delitos Electorales (FEPADE) fue una institución inerte. A pesar del abandono presupuestal, el liderazgo del fiscal Santiago Nieto y su equipo le han devuelto prestancia y razón de ser a la organización. Sin embargo, los mejores oficios de estos ministerios públicos se topan con un diseño jurídico donde los delincuentes electorales sometidos a juicio pueden recuperar su libertad, con el pago de una simple multa.
Durante el gobierno de César Duarte en Chihuahua se estableció la práctica ilegal de descontar entre 5 y 10% de su salario a más de 700 servidores públicos. Los dineros ordeñados de las quincenas iban a dar directamente a las arcas del PRI de Chihuahua. En este caso, la FEPADE logró presentar evidencia suficiente para que un juez federal emitiera una orden de aprehensión en contra del ex gobernador priista. Sin embargo, si este Duarte fuera extraditado de EU, sólo por este caso, podría beneficiarse de la libertad bajo caución ya que esta conducta no está tipificada como delito grave. Una vez que se emita una sentencia definitiva, el imputado por peculado electoral puede recibir entre 2 y 9 años de prisión, pero mientras dura el juicio el diseño de impunidad garantiza su libertad.
Esta salvaguarda de los criminales electorales está garantizada por una omisión del artículo 19 de la Constitución, que establece los delitos que ameritan prisión preventiva de forma automática. En esta fracción del texto constitucional se menciona al homicidio doloso, el secuestro, la violación, la trata de personas o delincuencia organizada. Sin embargo, se dejan fuera conductas que el sentido común indicaría que ameritan prisión preventiva, como por ejemplo la portación de armas de uso exclusivo de las Fuerzas Armadas. El tema de la posesión de armas de fuego ha movido voluntades para abrir la discusión sobre el artículo 19 de la Constitución. El Congreso federal tiene la oportunidad de incluir en el cambio constitucional no sólo las armas de fuego, sino también los delitos electorales y algunas conductas tipificadas como actos de corrupción. La Ley General en Materia de Delitos Electorales también tendría que ajustarse para evitar que los Duartes del futuro usen el dinero de tus impuestos para aceitar sus maquinarias para sabotear comicios. Mientras salga tan barato ser un delincuente electoral con fuero de gobernador, la impunidad nuestra de cada día seguirá reproduciéndose a sí misma.
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Fotografía: Vanguardia