Top Posts
Algunos aspectos del problema de la periodización de...
Ni los unos de los otros, el pueblo
¡La salud comunitaria también es organización popular! (Ciudad...
Boric en una noche fría: La calle como...
DIF CDMX busca despedir a trabajadora para pagar...
La pobreza desde la óptica Capitalista de la...
Premio Gabo 2025: Las 15 mejores historias periodísticas...
El Proyecto Gran Simio solicita a las autoridades...
¿Y si dejamos de ser tolerantes con los...
No más agresiones a la Revolución Cubana
  • Colectivo Insurgencia Magisterial
Portal Insurgencia Magisterial
Banner
  • Inicio
  • Nosotros/Legal
  • Directorio
  • Alianzas
  • Columnistas
  • Voces que seguimos
  • Calendario de eventos
  • Educooperando
Espacio principalEspacio secundario

SCJN EXENTA A CONCESIONARIA INDÍGENA DEL COBRO DE DERECHOS POR USO DEL ESPECTRO

por RedaccionA enero 29, 2021
enero 29, 2021
769
De este ARTÍCULO eres el lector: 357

Por: R3D. 29/01/2021

La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación resolvió por unanimidad, en sesión del miércoles 13 de enero, otorgar un amparo a Telecomunicaciones Indígenas Comunitarias para exentar el pago de casi un millón de pesos para brindar servicios de acceso a internet a comunidades de Oaxaca.

Los pueblos indígenas tienen derecho a acciones afirmativas en materia de telecomunicaciones, por lo que no debe cobrarse el pago de derechos por el uso de frecuencias para telefonía móvil, consideró el ministro de la SCJN, Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena, en su proyecto de sentencia.

En 2017, el Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) demandó un pago por el uso de frecuencias durante los ejercicios fiscales 2016, 2017 y 2018 a la concesionaria Telecomunicaciones Indígenas Comunitarias (TIC), con fundamento en los artículos 239 y 244-B de la Ley Federal de Derechos. Este cobro pone en peligro de desaparecer a la concesionaria, que ofrece servicio a muy bajo costo (40 pesos) en comunidades desatendidas por otras operadoras en el sur de México.

Sin embargo, la asociación se amparó por considerar que los artículos van en contra de los principios de proporcionalidad, equidad tributaria y a los derechos de los pueblos indígenas que contempla la Constitución, porque no exentan a los concesionarios de uso social indígena del pago de derechos por el uso del espectro, aunque sí lo haga para otorgar la concesión.

De acuerdo con el abogado Javier Cruz Angulo, el artículo 239 no reconoce la exclusión de los pueblos indígenas y coloca a las concesiones de uso social en la misma situación que las de uso comercial, ignorando que esta obligación se convierte en una barrera de acceso a medios de comunicación para los pueblo indígenas, por lo que viola la Constitución.

El proyecto del ministro Ortiz Mena da la razón al amparo de TIC, ya que señala la obligación de asistir a los pueblos y comunidades indígenas con “acciones afirmativas” en las condiciones de adquisición y operación de las concesiones, “las cuales se han regulado como sociales y de uso indígena”, informó La Jornada.

“Los pueblos indígenas son víctimas de una desigualdad de tipo estructural, que significa la existencia de obstáculos concretos que pueden rastrearse contextual e históricamente y que tienen como consecuencia la opresión sistemática de estos pueblos”, opina sobre el caso Vladimir Chorny, investigador de R3D: Red en Defensa de los Derechos Digitales.

Para Chorny, la igualdad estructural es una concepción del principio de igualdad ante la ley que exige mirar la realidad concreta de los sujetos que llaman al derecho para exigir justicia, señalando las barreras económicas, sociales y políticas que los sitúan en una posición desigual e injusta.

“Corregir la desigualdad estructural requiere intervenir en las relaciones de poder desiguales para ‘nivelar la cancha’. Esto sólo es posible por medio de acciones afirmativas que requieren medidas positivas donde el Estado trate diferente a los sujetos desiguales para garantizar la igualdad de hecho en los resultados. Este trato no sólo es compatible constitucionalmente con lo que el Estado debe hacer para garantizar los derechos, sino que es la condición necesaria para lograrlo”, considera el investigador.

La decisión de la Suprema Corte de respaldar el proyecto del ministro Ortíz Mena es congruente con la protección del derecho a la igualdad y el conjunto de derechos de los pueblos indígenas involucrados en concreto en este caso (el acceso a Internet, la libertad de expresión y el acceso al conocimiento), ya que la exigencia del pago del uso del espectro representa un obstáculo económico injustificado para el ejercicio de los derechos de los pueblos indígenas

*Este artículo fue actualizado el 15 de enero para reflejar la decisión de la SCJN sobre el tema.

LEER EL ARTICULO ORIGINAL PULSANDO AQUÍ

Fotografia: R3D

Compartir 0 FacebookTwitterWhatsapp
RedaccionA

noticia anterior
Un año más de lucha: Viniketik en Resistencia
noticia siguiente
El clasismo en Springfield

También le podría interesar

Precedente histórico para feminicidios: SCJN resuelve caso Sandra...

junio 27, 2025

Delitos de lesa humanidad

junio 29, 2024

PLENO DE LA SCJN VALIDA CENSURA DIGITAL Y...

junio 18, 2024

Visitantes en este momento:

1.173 Usuarios En linea
Usuarios: 690 Invitados,483 Bots

Síguenos en nuestras Redes Sociales

  • Bluesky
  • Mastodon
  • Telegram
  • WhatsApp

Blog: Perspectivas comunistas

Gracias por informarte con nosotros…

Desde el Plantón magisterial en el Zócalo de la CDMX

Rompe el cerco informativo…

Blog de la Columna CORTOCIRCUITOS

Nuestros grupos de difusión

Artículos publicados por mes

Síguenos en Facebook

Síguenos en Facebook

Artículos por AUTORES

Artículos publicados por FECHA

julio 2025
L M X J V S D
 123456
78910111213
14151617181920
21222324252627
28293031  
« Jun    

Artículos más leídos esta semana

  • 1

    Tras descuento, maestra de la CNTE recibe $0.99 pesos de salario

    julio 4, 2025
  • 2

    ¡TODOS SOMOS ESTEBAN! Efectos de las reformas neoliberales en el trabajo docente

    julio 3, 2025
  • ¿Cuáles son los elementos de una historieta?

    febrero 15, 2017
  • 4

    Sección 9 de la CNTE inaugura la biblioteca “Mtro. César Navarro Gallegos”

    julio 6, 2025
  • 5

    Envases que embelesan

    septiembre 7, 2021
  • 6

    Renato Romero: auténtico defensor del territorio, criminalizado.

    julio 6, 2025
  • 7

    “La táctica en las redes es clara: bombardearnos con mercancía estúpida y pesimista para que nada cambie”

    julio 4, 2025
  • 8

    TEMPORADA DE ENGAÑOS

    junio 24, 2025
  • 9

    En Veracruz: Docentes y carreteras, el juego extremo.

    julio 5, 2025
  • 10

    Trump y Cuba: ¿regreso a la guerra fría?

    julio 4, 2025
  • 11

    Represión en la Universidad Ibn Zohr: amenazan con expulsar a estudiantes saharauis por manifestarse por la independencia

    julio 3, 2025
  • 12

    UN MISTERIO Y UNA EPIFANÍA DE DUSSEL.

    julio 1, 2025
  • 13

    El fascismo engendra revoluciones

    julio 6, 2025
  • 14

    Acercamiento a FAUSTO de Johann Wolfgang von Goethe

    junio 30, 2025

Rolando Revagliatti. Argentina

Raúl Allain. Perú

Juan Antonio Guerrero O. México

Vanesa Monserrat. Argentina

Carolina Vásquez Araya

Ilka Oliva-Corado

Javier Tolcachier

Columna: CORTOCIRCUITOS

Manuel I. Cabezas González

Luis Armando González

Iliana Lo Priore

Jorge Salazar

Adolfo del Ángel Rodríguez

Oswualdo Antonio G.

José Eduardo Celis

Daniel Suárez

Güris J. Fry

Jorge Díaz Piña

Ángel Santiago Villalobos

Andrés Brenner

Alejandra Cortina

José Carlos Buenaventura

Luis Palacios

@2020 - Insurgencia Magisterial

Portal Insurgencia Magisterial
  • Inicio
  • Nosotros/Legal
  • Directorio
  • Alianzas
  • Columnistas
  • Voces que seguimos
  • Calendario de eventos
  • Educooperando
Portal Insurgencia Magisterial
  • Inicio
  • Nosotros/Legal
  • Directorio
  • Alianzas
  • Columnistas
  • Voces que seguimos
  • Calendario de eventos
  • Educooperando
@2020 - Insurgencia Magisterial

Leer también:x

ARTICLE 19 y FUNDAR solicitan al Pleno...

febrero 24, 2020

Carta a AMLO, a un año de...

noviembre 23, 2018

SCJN limita el pago de salarios caídos.

enero 25, 2016