Top Posts
Pensar lo humano cuando escasea
El motor imperial del fascismo
Ruthmery Pillco recibe el prestigioso Future For Nature...
¿Becarios o subcontratados? BMW Angelópolis Puebla
Los movimientos sociales ante la transición energética: rebajar...
De pie contra una fábrica de amoníaco: un...
Mercado, raza y coeficiente de inteligencia: el capitalismo...
Vivir Quintana: “La diversidad es lo que realmente...
Resistir, recuperarse y ampliar alianzas para luchar con...
¿Conoces cómo las bebidas energéticas influyen en el...
  • Colectivo Insurgencia Magisterial
Portal Insurgencia Magisterial
Banner
  • Inicio
  • Nosotros/Legal
  • Directorio
  • Alianzas
  • Columnistas
  • Voces que seguimos
  • Calendario de eventos
  • Educooperando
Espacio principalEspacio secundarioManuel I. Cabezas

Cataluña, ¿estado de derecho o casa de tócame Roque?

por RedaccionA abril 30, 2023
abril 30, 2023
761

Por: Manuel I. Cabezas González. 30/04/2023

¿En Cataluña se respeta el Estado de derecho o, más bien, es la casa de tócame Roque nacionalista-independentista? Los hechos están ahí, son tozudos y, sin que se lo pidamos, nos dan la respuesta: Cataluña es, en honor a la verdad, una genuina casa de tócame Roque, donde no se respetan las reglas de las sociedades civilizadas y democráticas; y donde se practica una hispanofobia sistemática y sistémica hacia todo lo que huela a España o a español: la lengua española, sus símbolos, sus instituciones, sus leyes, su cultura, sus ciudadanos, etc.

No quiero reiterar la letanía de desacatos a las sentencias judiciales relativas a la nefasta política lingüística en el sistema educativo de Cataluña. Tampoco quiero poner el acento en el referéndum ilegal ni en el golpe de estado perpetrado por los nacionalistas-independentistas catalanes, despilfarrando los dineros de todos; ni en la Gestapo lingüística de los centros escolares y de los servicios sanitarios, que vigilan y denuncian a los usuarios de la lengua castellana o cualquier minusvaloración u ofensa de/a la lengua catalana; ni en el linchamiento, el acoso, las amenazas y el expediente de la enfermera gaditana por disentir de la exigencia del nivel C1 de catalán para poder concursar a una plaza de funcionaria en Cataluña; ni en las multas a los comercios o negocios por no rotular en catalán y por no haber “normalizado” (?), en ellos, el uso del catalán; ni en el acoso lingüístico tanto escolar (caso del suicidio de la niña argentina de Sallent) como social (atizado por los talibanes de la Plataforma por la Lengua, que se hacen llamar “ONG del catalán”, por Omnium Cultural, etc.), ni…, ni…

A esta sucinta e inconclusa cascada de violaciones del estado de derecho, hoy sólo quiero añadir una más y centrarme en un nuevo abuso de poder y una nueva violación de los derechos lingüísticos de los hispanohablantes, padecidos en carne propia por el ciudadano que suscribe y que no está dispuesto a ser súbdito ni a comulgar con ruedas de molino.

Violencia lingüística y latrocinio en tres actos

1.- El 4 de noviembre de 2021, recibí una comunicación escrita, redactada sólo en catalán, de la Agencia Tributaria de Cataluña (ATC). “Illico”, el 6 de noviembre, dirigí un escrito a este organismo público, informándole de que no comprendía el catalán y que, por lo tanto, no podía cumplir con mis obligaciones cívicas. Por eso, le rogaba que me remitiera la misma información en la lengua oficial de España: el castellano o español.

2.- A finales de septiembre de 2022, recibí la contestación a mi escrito, esta vez en castellano o español: se trataba de pagar el “impuesto de emisiones de C02 de los vehículos de tracción mecánica” (35,20 €). Se me adjuntaba, por un lado, una “Carta de pago. Período ejecutivo” por un importe de 38,72 €, incrementando el impuesto en 3,52 €.; y, por el otro, una “Notificación de providencia de apremio”, por un valor de 42,24 €, con un recargo del 20% (7,04€).

El 11 de octubre de 2022, respondí tanto a la una como a la otra. En mi contestación, hice saber a la Agencia Tributaria de Cataluña que me vi en la tesitura de no poder satisfacer la deuda tributaria en los plazos establecidos, al no comprender la notificación que había recibido, al estar redactada en una lengua que desconozco, el catalán, y no en castellano o español que, como reza el art. 3.1. de la Constitución, “es la lengua oficial del Estado. Todos los españoles tienen el deber de conocerla y el derecho a usarla”. Por ello, le rogaba que me remitiera la documentación sin los precitados recargos, para cumplir con mis obligaciones tributarias y hacer efectivo el pago de la deuda.

3.- A principios de enero de 2023, la respuesta de la Agencia Tributaria de Cataluña —fuera de toda lógica y de todo sentido común— a mi segunda misiva fue concluyente y expeditiva. En ella se me notificaba la “diligencia de embargo”, en  mi cuenta bancaria, por un valor de 43,62 €: 35,20 €, por deuda pendiente, + 7,04 €, por recargo, + 1,38 €, por intereses de demora. El embargo (43,62 €)  fue ejecutado autoritaria y testicularmente el 31 de enero de 2023.

Explicaciones a destiempo, absurdas, peregrinas y contradictorias

Casi dos meses después del embargo (cf. punto 3., “ci-dessus”), recibí la “resolución del recurso de reposición” (cf. punto 1. y 2., “ci-dessus”). Ésta es todo un despropósito, es como poner el carro delante de los bueyes: primero, te embargan; y, dos meses después, responden al recurso de reposición.

En la resolución, se desestima mi recurso. Por un lado, se me indica la suma a pagar (38,72 €) que, por cierto, no coincide con ninguna de las cantidades precitadas. Y, por el otro, se explicitan los “fundamentos de derecho” de la denegación de mi recurso, fundamentos contradictorios, peregrinos, que no tienen ni pies ni cabeza y que ilustra muy bien ese refrán popular en forma de diálogo, que reza así: —“¿De dónde vienes?, pregunta uno.  —“Manzanas traigo”, le responde el otro. Vayamos con los fundamentos de derecho.

En primer lugar, se afirma que “no se aprecia nulidad de procedimiento ni indefensión” por el hecho de haber utilizado el catalán por parte de la ATC con un ciudadano que no lo comprende ni lo habla. Esto no se sostiene y es una respuesta de pata de banco. En efecto, si todo hubiera sido correcto y legal, ¿por qué, en las otras tres comunicaciones conmigo, la ATC abandonó el catalán y utilizó sólo el castellano o español? Blanco y en botella.

En segundo lugar, se trae a colación el art. 15.2. y el art. 15.3 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Según el art. 15.2., el expediente se tramitó en lengua catalana, puesto que “así lo prevé la legislación autonómica correspondiente”. Este argumento es todo un despropósito. En efecto, según la jerarquía normativa, la legislación autonómica nunca puede entrar en contradicción con una legislación superior; en este caso,  el art. 3.1. de la Constitución de 1978. Además, según el art. 15.3 de la ley precitada, “la Administración Pública instructora deberá traducir al castellano […] los documentos dirigidos a los interesados que así lo soliciten expresamente”. Esto fue precisamente lo que yo solicité en mis recursos, para cumplir con mis obligaciones tributarias.

Y, en tercer lugar, se citan los artículos 6.1., 9.1., 10.1. y 10.2 de la Ley 1/1998, de 7 de enero, de Política Lingüística. El art. 6.1. —relativo a la unidad de la lengua catalana, patrimonio de Cataluña, que hay que proteger y fomentar— no viene a cuento; es mear fuera del “texto”. En los art. 9.1., 10.1. y 10.2, se regula el régimen lingüístico en las relaciones entre las administraciones catalanas y los administrados. Todas ellas deben materializarse en catalán, “sin prejuicio del derecho de los ciudadanos a recibir comunicaciones, notificaciones o a llevar a cabo gestiones administrativas en castellano, si lo solicitan expresamente”. Esto, lo repito nuevamente, es precisamente lo que verbalicé expresamente en mis recursos.

Moraleja

Estos fundamentos de derecho, los recargos, los intereses de demora, el embargo testicular de mi cuenta bancaria y la actuación de los funcionarios de la ATC denotan que Cataluña es una comunidad autónoma donde no rige el estado de derecho. Es, más bien, una genuina casa de tócame Roque, en la que los talibanes nacionalistas-independentistas ponen por delante del bien, del bienestar y de la felicidad de los ciudadanos su cuadra y su pesebre. Así, ¡flaco favor están haciendo a la lengua y la cultura catalanas! Con estas actitudes y comportamientos, es imposible amarlas y, por lo tanto, hacerlas suyas por los hispanohablantes. Si no hay seguridad jurídica, ¿para qué queremos el Estado? El goteo copioso de casos de violación de los derechos lingüísticos puede o va a conducir inevitablemente al enfrentamiento social y a que los afectados tomemos la justicia por nuestra mano. De morir, puede pensar más de uno, morir de pie y matando, no arrodillados.

© 2023 – Manuel I. Cabezas González

https://honrad.blogspot.com/

28 de abril de 2023

Fotografía: Manuel I. Cabezas González

Compartir 0 FacebookTwitterWhatsapp
RedaccionA

noticia anterior
Solo la literalidad nos hará valientes
noticia siguiente
Apretón: ganancias y precios

También le podría interesar

No hay más Estado de Derecho; el poder...

mayo 2, 2025

Sin Estado de Derecho estamos todos en peligro

marzo 22, 2025

Poder, corrupción, Estado de Derecho y democracia

septiembre 13, 2024

Visitantes en este momento:

499 Usuarios En linea
Usuarios: 27 Invitados,472 Bots

Blog: Perspectivas comunistas

Desde el Plantón magisterial en el Zócalo de la CDMX

Nuestras redes sociales

Blog de la Columna CORTOCIRCUITOS

Nuestros grupos de difusión

Artículos publicados por mes

Síguenos en Facebook

Síguenos en Facebook

Artículos por AUTORES

Artículos publicados por FECHA

junio 2025
L M X J V S D
 1
2345678
9101112131415
16171819202122
23242526272829
30  
« May    

Artículos más leídos esta semana

  • 1

    Del Acuerdo Educativo Nacional al Plan de estudios 2022.

    septiembre 13, 2022
  • 2

    Denuncian “plagio” en el Artículo: “Atribuciones causales del maltrato entre iguales. La perspectiva de los alumnos y del personal de escuelas de enseñanza media básica”

    noviembre 12, 2023
  • 3

    La Casa de los Famosos: ¿es posible no mirar?

    septiembre 19, 2024
  • 4

    Pago de seguros institucionales: burda simulación de Cuitláhuac.

    octubre 13, 2024
  • 5

    Incongruencias de la NEM de Marx Arriaga: luchar contra el neoliberalismo promoviendo un concurso de Círculos de estudio sobre Freire, con premios de 10 mil pesos a los ganadores y con mecanismos de exclusión

    septiembre 25, 2024
  • 6

    DESPUÉS DEL DÍA 1, ¿QUÉ ES LO QUE VIENE PARA EDUCACIÓN?

    octubre 4, 2024
  • 7

    Ekaitz Cancela, autor de Utopías digitales: Imaginar el fin del capitalismo: “El diseño de la tecnología no es asunto exclusivo de las startups con sede en Silicon Valley”

    septiembre 17, 2024
  • 8

     Reforma judicial: transición de la partidocracia a la coprocracia*.

    septiembre 15, 2024
  • 9

    REDALYC se deslinda de “Artículo” con denuncia de “plagio”

    noviembre 14, 2023
  • 10

    CCH-UNAM consuma despido de profesor, señala que los motivos fueron políticos

    septiembre 8, 2024
  • 11

    Emilia Ferreiro, una y múltiple

    octubre 1, 2024
  • 12

    Luce, la polémica “mascota” con que El Vaticano busca acercarse a los jóvenes

    noviembre 16, 2024
  • 13

    La revolución del amor vs la cobardía reaccionaria

    septiembre 27, 2024
  • 14

    Milei, una bomba de tiempo.

    diciembre 3, 2023

Rolando Revagliatti. Argentina

Raúl Allain. Perú

Juan Antonio Guerrero O. México

Vanesa Monserrat. Argentina

Carolina Vásquez Araya

Ilka Oliva-Corado

Javier Tolcachier

Columna: CORTOCIRCUITOS

Manuel I. Cabezas González

Luis Armando González

Iliana Lo Priore

Jorge Salazar

Adolfo del Ángel Rodríguez

Oswualdo Antonio G.

José Eduardo Celis

Daniel Suárez

Güris J. Fry

Jorge Díaz Piña

Ángel Santiago Villalobos

Andrés Brenner

Alejandra Cortina

José Carlos Buenaventura

Luis Palacios

@2020 - Insurgencia Magisterial

Portal Insurgencia Magisterial
  • Inicio
  • Nosotros/Legal
  • Directorio
  • Alianzas
  • Columnistas
  • Voces que seguimos
  • Calendario de eventos
  • Educooperando
Portal Insurgencia Magisterial
  • Inicio
  • Nosotros/Legal
  • Directorio
  • Alianzas
  • Columnistas
  • Voces que seguimos
  • Calendario de eventos
  • Educooperando
@2020 - Insurgencia Magisterial

Leer también:x

Llueve sobre mojado en Cataluña: nueva sentencia...

enero 11, 2021

No hay más Estado de Derecho; el...

mayo 2, 2025

Poder, corrupción, Estado de Derecho y democracia

septiembre 13, 2024