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Por: Roberto González Villarreal, Lucía Rivera Ferreiro y Marcelino Guerra Mendoza. 25/03/2019
- Las fracciones del art. 3º. Constitucional detallan algunos elementos constitutivos del Sistema Educativo Nacional. En la I, por ejemplo, se declara la laicidad de la educación. En la II, los criterios orientadores. El texto vigente detalla 4 incisos: democrática; nacional; contribuir a la mejor convivencia humana; y de calidad. El Dictamen explicita 9, menos el inciso d) que se deroga. Es el de la calidad. Sin embargo, la trampa es demasiado obvia para no denunciarla de inmediato. Se quita la calidad, pero en el último inciso, el i). se añade el de excelencia. Hay dolo. Allá, al final, medio escondida, se encuentra la misma definición que la calidad, pero con afeites: “mejoramiento integral constante que promueve el máximo logro de aprendizaje de los educandos, para el desarrollo de su pensamiento crítico y el fortalecimiento de los lazos entre escuela y comunidad”. El núcleo de la definición de excelencia es la calidad: “máximo logro de aprendizaje”, pero con tres elementos mas: mejoramiento integral, desarrollo de pensamiento crítico y lazos escuela-comunidad; es decir, calidad más contexto, mas integralidad, mas pensamiento crítico. En otras palabras: lo mismo, pero con ropaje crítico y contextual. ¿Cómo saber cuándo se alcanza la excelencia? Aplicando estándares de calidad, y con algunas clases más de contexto. Para eso se requerirá todo el entramado evaluador que ya conocemos, pero complejizado con los elementos críticos y de comunidad que dicen por ahí. O sea: la misma gata, pero con afeites y aderezos. Impostura y simulación.
- Los incisos a) y b) se mantienen tal cuales. Al c) se le agrega el respeto a la naturaleza y se reconoce la pluralidad de familias. Es un agregado de los dictaminadores, pues no estaba ni en la iniciativa de AMLO ni en la del Pacto; aunque no consideraron los añadidos del pacto sobre la educación solidaria, para la vida y evitando toda forma de discriminación y exclusión. Una de cal, otras de arena. La selección habla por los dictaminadores. Cuando quieren, pueden.
- El inciso e) refiere el criterio de equidad que apareció inicialmente en la propuesta de AMLO, el Pacto retomó y especificó. Las comisiones recuperaron, sin embargo, el espíritu de la propuesta del Pacto, al focalizar la atención en las escuelas de alta marginación y vulnerabilidad social. El adjetivo no es menor: en política define una población objetivo demasiado específica, para disminuir costos; en la instrumentación de los programas se afecta la estratificación social. La estrategia reduccionista de las dictaminadoras identifica dos sectores más: personas adultas y pueblos y comunidades indígenas. Las peguntas son evidentes: para qué es necesario reconocer tres tipos específicos de inequidad, cuando el párrafo inicial del inciso se establece los compromisos y criterios de la equidad; pero en la ubicación se reconocen solo algunos. Los impactos de esto son mayores en la programación de la equidad, pues dónde quedarán muchos otros sectores vulnerables como hipoacústicos, capacidades especiales, transgéneros, migrantes, por mencionar algunos. Focalizar los programas para combatir las desigualdades sociales, termina por generar exclusiones de otro tipo. Es la lógica neoliberal: focalizar en lugar de universalizar; y cuando hay que hacerlo, pues segmentar todavía mas, con desigualdades reconocidas y otras no, e incluso adjetivar para reducir la mira todavía más.
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