Por: Poplab. 30/05/2025
POPLab y Projuc presentaron un amparo contra la normativa que limita el derecho a saber de los ciudadanos
Por atentar contra los derechos a la libertad de expresión, acceso a la información, a la buena administración pública, al trabajo, a la seguridad jurídica y al acceso a la justicia, el Laboratorio de Periodismo y Opinión Pública – POPLab- junto con el Proyecto Justicia Común, A.C. (Projuc), promovieron una demanda de amparo indirecto contra la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública.
El 15 de mayo, el Juzgado Séptimo de Distrito de Guanajuato admitió a trámite dicha demanda en contra del Senado de la República, la Cámara de Diputados y la presidenta Constitucional de los Estados Unidos Mexicanos, Claudia Sheinbaum Pardo.
En POPLab consideramos el derecho a la información como un derecho humano fundamental que permite a los ciudadanos acceder a datos y documentos en poder de las autoridades y sujetos obligados.
Con la desaparición de los órganos garantes del acceso a la información y las modificaciones a la Ley de Transparencia, el derecho a saber se encuentra aún más comprometido. Ahora, la decisión de entregar o no la información queda en manos del propio sujeto obligado, eliminando un mecanismo de revisión imparcial y efectiva. Esto generará un aumento en litigios para quienes puedan costearlos, dejando en desventaja a ciudadanos que buscan transparencia, afectando a la democracia y a la rendición de cuentas. Lo que provocará un entorno donde los ciudadanos estarán en clara desventaja frente al poder político.
El acceso a la información es un pilar esencial de la democracia y su debilitamiento representa un retroceso en la lucha por la transparencia y la rendición de cuentas. Ahora el derecho a la información ha quedado en manos de quienes tienen incentivos para ocultarla. En lugar de fortalecer la participación ciudadana, se está consolidando un modelo donde las decisiones sobre el acceso a datos públicos quedan exclusivamente en manos de las autoridades, lo que permitirá que encuentren más formas de eludir el escrutinio público.
Esto limita las posibilidades de que la ciudadanía incida en la vida pública, debilitando uno de los pilares cruciales de la rendición de cuentas en un sistema democrático. En lugar de avanzar hacia una mayor apertura gubernamental, se consolida un esquema que permite al Estado decidir de forma discrecional qué información se hace pública y cuál se oculta. Así, la Ley General de Transparencia se transforma en un instrumento para limitar, y no para garantizar, el derecho a saber.
Para POPLab y Projuc, las nuevas disposiciones, publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 20 de marzo de 2025, son inconstitucionales y violan los derechos humanos, incluyendo el acceso a la información, la libertad de expresión, la transparencia y la buena administración pública.
Por ejemplo, se establecen causales de reserva de información automáticas, ambiguas y subjetivas, como “comprometer la paz social” o “suponer un riesgo para su realización”, para justificar la negativa para entregar información, lo que elimina la evaluación individualizada y la prueba de daño, es decir, no delimita claramente los contenidos ni los riesgos involucrados, generando opacidad estructural y afectando derechos de las personas ciudadanas.
Esta normativa condiciona la publicación de información sobre hechos de corrupción a que estos estén previamente acreditados, lo cual inhibe la transparencia en la prevención y detección de actos corruptos, lo que atenta contra el derecho a vivir en un entorno libre de corrupción, los principios del Estado abierto y las obligaciones internacionales en la materia.
Además, considera confidencial “el pronunciamiento sobre la existencia o inexistencia de quejas, denuncias y/o procedimientos administrativos en trámite”, lo que vulnera el derecho a la buena administración y favorece la opacidad y la impunidad.
También señalamos la falta de claridad en la transición de la Plataforma Nacional de Transparencia a la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno, y la suspensión de procedimientos por 90 días sin justificación.
Derechos vulnerados
En el amparo presentado por Projuc y POPLab se señalan las violaciones a los siguientes derechos:
● Derecho a la libertad de expresión en su vertiente individual y colectiva. Las nuevas disposiciones, al ampliar el catálogo de información que puede ser clasificada como reservada, inhiben la labor periodística e investigativa, fomentan la autocensura y obstaculizan el debate público. Esto afecta el derecho de los periodistas y comunicadores a informar, así como el derecho de la sociedad a recibir información veraz y plural.
● Derecho de acceso a la información. Las modificaciones a la ley dificultan el acceso a información relevante sobre el actuar gubernamental, actos de corrupción y procedimientos administrativos, lo cual impide el escrutinio público y la rendición de cuentas.
● Derecho a la buena administración pública. La opacidad generada por las nuevas disposiciones afecta la transparencia y el control social sobre la gestión pública.
● Derecho al trabajo. Las restricciones al acceso a la información impiden el ejercicio de la labor periodística e investigativa, que es el trabajo que realizamos en POPLab.
● Derecho a la seguridad jurídica. La falta de claridad y la ambigüedad de algunas causales de reserva generan incertidumbre y vulneran la seguridad jurídica.
● Derecho de acceso a la justicia. La suspensión de plazos y términos en juicios de amparo en materia de acceso a la información por 180 días, establecida en el artículo vigésimo transitorio, deja en estado de indefensión a la población.
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Fotografía: Poplab