Top Posts
Educación para cuidar el medioambiente
Venezuela. Maduro exhorta a países a no depender...
Promesas y engaños del gobierno, pero sin resultados...
China. De Confucio a la IA: el país...
Ayotzinapa: la esperanza en nueva tecnología y renuncia...
Bolivia. FMI urge cambios en Bolivia y alerta...
¿Por qué destrozaron la calidad educativa?
Valoraciones sobre la situación de Ruth López
Primer round: CNTE desnuda carácter neoliberal de la...
Meritocracia sin igualdad es privilegio
  • Colectivo Insurgencia Magisterial
Portal Insurgencia Magisterial
Banner
  • Inicio
  • Nosotros/Legal
  • Directorio
  • Alianzas
  • Columnistas
  • Voces que seguimos
  • Calendario de eventos
  • Educooperando
Espacio principalEspacio secundarioJosé Yorg

Argentina. Enfoques cooperativos; Hoy: ¿Qué es una rebelión democrática?

por RedaccionA mayo 3, 2024
mayo 3, 2024
1,5K

Por: José Yorg. 03/05/2024

“El empleo del derecho a la resistencia no tiende de alguna manera a realizar las aspiraciones populares, sino a defender o restaurar el orden establecido. Por tanto, al reconocer el derecho de resistencia se pretende que sea un medio para que el príncipe reflexione y de esta manera hacerle respetar la legalidad”. Adriana Vera Díaz “Sobre el derecho a la resistencia en Thomas Hobbes y John Locke”.

El reconocido entrenador de fútbol argentino Ángel Cappa  analizó desde España la realidad política, social y económica de Argentina y aseveró que “Estamos viviendo una dictadura civil” por lo cual consideró que “Es necesario organizar una rebelión democrática, porque esto se va a ir poniendo peor”.

Cappa argumentó  su visión y postura “Creo que estamos en presencia de lo peor que tuvo que padecer el pueblo argentino después de la última dictadura cívico-militar. Estamos viviendo una dictadura civil, con un gobierno que tiene muchas características reñidas con los principios democráticos. Hay un presidente que tiene cuatro o cinco eslóganes liberales de economía que repite constantemente, y que fueron elaborados en otra realidad social. Son los mismos principios que se aplicaron en la dictadura argentina del período 1976-1983, en la gestión de (Domingo) Cavallo durante el gobierno menemista o en la Chile de (Augusto) Pinochet. (https://revistaelsur.com.ar/nota/969/Argentina-esta-viviendo-una-dictadura-civil)

Ahora… ¿Qué es una rebelión democrática?

El Sr. Ángel Cappa no lo dijo, no desarrolló tal concepto. Sin embargo, surge el interrogante: ¿El gobierno nacional argentino…“teniendo origen legítimo han devenido en ilegítimos durante su ejercicio”? Es decir, ¿Es tal como afirma Cappa?: “Estamos viviendo una dictadura civil, con un gobierno  que tiene muchas características reñidas con los principios democráticos.

En este punto consideramos oportuno reiterar lo dicho en el Enfoque cooperativo ¿Es tiempo de ejercer el derecho de rebelión y resistencia al poder político devenido en opresión?, ya publicado y ahora  en reposición:

Sin dudas, determinar sí la rebelión y la resistencia, como derechos humanos y ciudadanos libres, debe ser ejercido en la Argentina por su pueblo, es un asunto complejo y delicado, pero urge su dilucidación política ante la gravedad que cierne sobre la cabeza de millones de argentinos en cuanto a padecer miseria e infortunio sin igual.

Podemos leer en varios sitios en internet y abundante artículos sobre esta cuestión, tal como nos indica en  Derecho de rebelión (Wikipedia) que “En la Filosofía política, el derecho de rebelión, derecho de revolución o derecho de resistencia a la opresión es un derecho reconocido a los pueblos frente a gobernantes de origen ilegítimo, o que teniendo origen legítimo han devenido en ilegítimos durante su  ejercicio”.

Y agrega que“En otro sentido, se puede considerar que es el deber del pueblo de una nación a deponer un gobierno que actúe en contra del interés común y/o que atente contra la seguridad del pueblo sin ninguna razón”.

Es decir, la rebelión o resistencia son derechos y deberes del pueblo al mismo tiempo.

Podríamos nutrirnos de muchos antecedentes históricos como la Revolución francesa, la Declaración de Independencia de los Estados Unidos de 1776, la Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano (1789), la Declaración Universal de Derechos Humanos de 1948 en su Preámbulo: “Considerando esencial que los derechos humanos sean protegidos por el régimen de Derecho, a fin de que el hombre no se vea compelido al supremo recurso de la rebelión contra la tiranía y la opresión”. A buen entendedor, pocas palabras.

Estos peculiares derechos-de rebelión y resistencia a la opresión-nos mueve a pensarlos como derechos a la sobrevivencia, al buen vivir, a vivir en paz y armonía, en progreso y desarrollo. Nos resultan, entonces, como una forma efectiva de garantizar la protección familiar y social ante un peligro inminente, ante un estado de necesidad imperiosa: La vida social misma.

“Es el derecho abstracto a 1a rebelión colectiva o popular; un principio ético político que nace de la soberanía del pueblo y de la forma de gobierno republicano democrático, de suerte que corresponde, más que al hombre, al ciudadano”, nos dice el Dr. Carlos Sánchez Viamonte en su trabajo “Revolución, resistencia a la opresión y derecho a la insurrección”.

Y nos especifica Sánchez Viamonte que “Aunque no aparecen en la letra de la Constitución argentina, el derecho de resistencia a la opresión ni el derecho a la insurrección, podemos encontrarlos correlacionando el artículo 29 con el artículo 21 que dice: “Todo ciudadano argentino está obligado a armarse en defensa de la Patria y de esta constitución. . .” Como se puede ver, aquí no sólo se autoriza a defender la patria y la constitución, sino que se impone la obligación —único caso de obligación impuesta expresamente- de hacerlo por medio de las armas; y debe entenderse que no se trata de la Constitución en abstracto, sino de su imperio efectivo y de su aplicación concreta. Sin embargo, todo eso resulta luego condicionado por las palabras que van a continuación de las transcriptas del artículo 21: “… conforme a las leyes que al efecto dicte el Congreso y a los decretos del ejecutivo nacional”. De lo que se infiere que, en caso de no dictarse esas leyes, faltarían los elementos jurídicos indispensables para poner en movimiento la prescripción constitucional”.

Artículo 29- El Congreso no puede conceder al Ejecutivo nacional, ni las Legislaturas provinciales a los gobernadores de provincias, facultades extraordinarias, ni la suma del poder público, ni otorgarles sumisiones o supremacías por las que la vida, el honor o las fortunas de los argentinos queden a merced de gobiernos o persona alguna. Actos de esta naturaleza llevan consigo una nulidad insanable y sujetarán a los que los formulen, consientan o firmen, a la responsabilidad y pena de los infames traidores a la Patria”.

Ante nuestro interrogante: ¿Es tiempo de ejercer el derecho de rebelión y resistencia al poder político devenido en opresión? Discernimos que la Constitución nacional argentina debe hablar por medio de sus defensores democráticos y republicanos, de una nación libre y soberana para felicidad de su pueblo.

¡En la fraternidad, un abrazo cooperativo!

Fotografía: Wallpaper Cave

Compartir 0 FacebookTwitterWhatsapp
RedaccionA

noticia anterior
La precaria legalidad internacional
noticia siguiente
Silo y las revoluciones por venir

También le podría interesar

¿Por qué destrozaron la calidad educativa?

junio 7, 2025

Argentina. Un mundo sin sindicatos: el sueño húmedo...

junio 5, 2025

Argentina. ¿Anhelar una sana administración de justicia es...

junio 5, 2025

Visitantes en este momento:

987 Usuarios En linea
Usuarios: 308 Invitados,679 Bots

Blog: Perspectivas comunistas

Desde el Plantón magisterial en el Zócalo de la CDMX

Nuestras redes sociales

Blog de la Columna CORTOCIRCUITOS

Nuestros grupos de difusión

Artículos publicados por mes

Síguenos en Facebook

Síguenos en Facebook

Artículos por AUTORES

Artículos publicados por FECHA

junio 2025
L M X J V S D
 1
2345678
9101112131415
16171819202122
23242526272829
30  
« May    

Artículos más leídos esta semana

  • 1

    La CNTE y el acto de desenlatar la lucha de clases en México

    junio 6, 2025
  • 2

    Alto al ataque mediático contra la CNTE, magisterio, organizaciones y sindicatos

    junio 2, 2025
  • 3

    ¡NO NOS VAMOS, SOLO NOS HACEMOS UN POCO MAS A LA IZQUIERDA!

    junio 6, 2025
  • 4

    México. Maestros de la CNTE, continúa la huelga

    junio 4, 2025
  • 5

    Ante la ratificación del Director del Colegio Preparatorio de Xalapa por parte de la USICAMM la Dirección de Bachillerato lo “retira” de manera arbitraria. Comunidad escolar inicia protestas

    junio 3, 2025
  • 6

    Banco Azteca es premiado con 25 % de las AFORES: Pedro Hernández de la CNTE

    mayo 30, 2025
  • 7

    La CNTE: autonomía y movilización en el marco de una hegemonía progresista (3/3)

    junio 3, 2025
  • 8

    Daniela Griego, Presidenta Municipal electa de Xalapa. Recibe su constancia de mayoría

    junio 5, 2025
  • 9

    ¡Quién miente?, ¿la presidenta o la CNTE?

    junio 1, 2025
  • 10

    AFORES: un robo para los trabajadores. ¿Quiénes son y cuántas cuentas controlan?

    mayo 25, 2025
  • 11

    La CNTE: autonomía y movilización en el marco de una hegemonía progresista (2/3)

    junio 1, 2025
  • ¿Cuáles son los elementos de una historieta?

    febrero 15, 2017
  • 13

    EL PROBLEMA DE LA USICAMM ES… ¡TODO!

    mayo 31, 2025
  • 14

    La primavera no se alquila: dignidad magisterial y respeto a la historia

    mayo 30, 2025

Rolando Revagliatti. Argentina

Raúl Allain. Perú

Juan Antonio Guerrero O. México

Vanesa Monserrat. Argentina

Carolina Vásquez Araya

Ilka Oliva-Corado

Javier Tolcachier

Columna: CORTOCIRCUITOS

Manuel I. Cabezas González

Luis Armando González

Iliana Lo Priore

Jorge Salazar

Adolfo del Ángel Rodríguez

Oswualdo Antonio G.

José Eduardo Celis

Daniel Suárez

Güris J. Fry

Jorge Díaz Piña

Ángel Santiago Villalobos

Andrés Brenner

Alejandra Cortina

José Carlos Buenaventura

Luis Palacios

@2020 - Insurgencia Magisterial

Portal Insurgencia Magisterial
  • Inicio
  • Nosotros/Legal
  • Directorio
  • Alianzas
  • Columnistas
  • Voces que seguimos
  • Calendario de eventos
  • Educooperando
Portal Insurgencia Magisterial
  • Inicio
  • Nosotros/Legal
  • Directorio
  • Alianzas
  • Columnistas
  • Voces que seguimos
  • Calendario de eventos
  • Educooperando
@2020 - Insurgencia Magisterial

Leer también:x

Cristina Kirchner discute la crisis terminal del...

octubre 23, 2021

Es italiano, enseña en Noruega y Harvard...

julio 31, 2020

La defensa de la revolución es la...

febrero 7, 2021