Por: Jenaro Villamil. Homozapping. 04/05/2016
Por unanimidad de 113 votos a favor, ninguna abstención ni voto en contra, el Senado aprobó la Ley Nacional de Ejecución Penal que permitirá la liberación anticipada de todas aquellas personas sentenciadas por robo menor a 80 salarios mínimos, sin violencia, y también prevé la excarcelación de quienes cometieron el delito de posesión de mariguana, sin fines de lucro o tráfico ilegal.
Una de las leyes más apoyadas por las organizaciones defensoras de derechos humanos prevé también la prohibición de medidas disciplinarias en las cárceles que impliquen tortura y tratos o penas crueles, inhumanas y degradantes, como son el aislamiento indefinido por más de 5 días o la celda oscura y sin ventilación.
Esta nueva ley buscará que las prisiones dejen de ser “escuelas del crimen” y formen parte de “un sistema que asegure el cumplimiento de la pena de prisión, sin menoscabo de la dignidad y el desarrollo de las personas”, afirmó la senadora Cristina Díaz, del PRI, al exponer el dictamen.
“Nuestras cárceles nunca más serán nidos de violación de derechos que nuestra Constitución garantiza” y supera la “vieja escuela” de readaptación social, que data de 1971, afirmó el presidente de la Comisión de Justica, el panista Fernando Yunes Márquez.
A su vez, la presidenta de la Comisión de Derechos Humanos, Angélica de la Peña, afirmó que esta ley representa una oportunidad invaluable para transformar los centros de internamiento . Afirmó que casi el 40 por ciento del total de la población penitenciaria se encuentra sin sentencia y “sujetas y víctimas del abuso de la prisión preventiva en nuestro país”.
Las comisiones dictaminadoras incorporaron varios cambios para precisar que el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI) realizará la Encuesta Nacional de Población Privada de Libertad, “conforme a su presupuesto”.
Se establece un plazo de 4 años para que las autoridades penitenciarias capaciten al personal, reformen los establecimientos y logren equipar y desarrollar tecnologías de la información y comunicaciones en cada uno de los centros.
Además, se prevé que las entidades federativas realicen previsiones y adecuaciones presupuestales necesarias para dar cumplimiento a las obligaciones establecidas.
En materia de derechos de género, la ley ordena que mujeres y niñas y niños que nazcan en los centros penitenciarios tengan condiciones específicas.
Precisa que las mujeres podrán recibir trato de personal penitenciario femenino, atención médica obstétrico-ginecológica y pediátrica, alimentación adecuada y saludable para sus hijos, en caso de que permanezcan con sus madres.
Se establecen espacios especiales dentro de los centros penitenciarios para aquellos sentenciados por delitos de secuestro o privación ilegal de la libertad.
La ley considera como faltas disciplinarias graves la participación activa en disturbios, evadirse, intentar la fuga o favorecer la evasión de otras personas, así como la comercialización y tráfico de objetos prohibidos al interior de los penales y el uso de aparatos de telecomunicaciones no permitidos.
Fuente: http://homozapping.com.mx/2016/04/aprueba-por-unanimidad-senado-ley-para-que-penales-dejen-de-ser-escuelas-del-crimen/
Fotografía: unionguanajuato