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Las pinzas se cierran: redes al cadalso. Modificación del artículo 1916 Código Federal Civil.

por La Redacción diciembre 17, 2017
diciembre 17, 2017
Veces que se ha leído este Artículo: 147

Por: Jorge Salazar García. 17/12/2017 

Ante la avalancha de señales enviadas por el régimen, anunciando el advenimiento de tiempos más nefastos para el pueblo de México y ante la paralización de los trabajadores, inducida por el terror, las migajas y el circo; las posibilidades de contener al nuevo “orden” mundial, rebosante de avaricia han sido drásticamente reducidas con la aprobación de la Ley de Seguridad Interior (LSI) y la modificación de la fracción primera del artículo 1916 del Código Civil Federal (CCF). Ambas tienen propósitos represores. Con respecto a la Ley de Seguridad, si quiere saber mas, puede consultar el articulo publicado en este medio[1]. Hoy, en somero comentario, le damos a conocer este otro atentado contra la libre manifestación de las ideas garantizada en el artículo 7 Constitucional que establece:

Es inviolable la libertad de escribir y publicar escritos sobre cualquier materia. Ninguna ley ni autoridad puede establecer la previa censura, ni exigir fianza a los autores o impresores, ni coartar la libertad de imprenta, que no tiene más límites que el respeto a la vida privada, a la moral y a la paz pública”

Ya envalentonados, los legisladores del PRI y sus aliados, sin importarles las múltiples manifestaciones de rechazo provenientes de la sociedad y organismos nacionales e internacionales, no sólo aprobaron la LSI legalizando la violación de los Derechos Humanos sino que cierran más la pinzas OPRESORAS con  la aprobación (14 de diciembre) de la modificación de la fracción primera del artículo 1916 del CCF, incluyendo en esta ley mordaza a las redes social. Esta norma, en 3 fracciones, establece quienes son imputables a PAGAR daño moral[2] y aunque ya era anticonstitucional, se aplicaba generalmente a escritores y periodistas. Este era el texto original de la fracción I: “Estará(n), sujeto (s) a la reparación del daño moral…

El que comunique a una o mas personas la imputación que se hace a otra persona física o moral, de un hecho cierto o falso, determinado o indeterminado, que pueda causarle deshonra, descrédito, perjuicio, o exponerlo al desprecio de alguien.

El último agregado tiene destinatario definido; sin ambigüedades y con 8 palabras pone la puntilla a la libre expresión y manifestación de las ideas. Lea usted mismo el texto con la adición en negritas y subrayada. Pagará por reparación de daño moral:

El que comunique, a través de cualquier medio incluidos los electrónicos, a una o más personas la imputación que se hace a otra persona física o moral, de un hecho cierto o falso, determinado o indeterminado, que pueda causarle deshonra…[3].

La mayoría de la sociedad, en aparente estado catatónico consumista, exceptuando a quienes sí manifestaron su repudio,  está permitiendo la consolidación de un estado militar.  Con la LSI se reprimirá a quien proteste mediante “cualquier acto o hecho que ponga en riesgo la paz publica … o el funcionamiento de las instituciones, según el criterio unipersonal del dictador en turno y con la ley mordaza se lapida la libre expresión. Divulgar o comentar la verdad será un riesgo para la libertad y hacienda de las personas.

 ¿Hay contrapesos o limites para la aplicación de estas aberrantes leyes? En la instituciones NO. En el caso de lo militares, lo único que importa son las órdenes ante todo, no el DERECHO. Para el asunto del artículo 1916, es requisito la interposición de una demanda de reparación por parte de la persona, física o moral supuestamente desacreditada, pero, ya sabemos a quién beneficiará los tribunales. Son leyes para callar a los ciudadanos, a los periodistas, artistas, escritores, líderes sociales, científicos críticos, quienes aspiran a vivir con mínima dignidad y sin verse obligados a contener permanentemente el asco ante el ya insoportable cinismo, corrupción e impunidad de nuestros gobernantes.

Lo cierto es que a partir de este 14 de diciembre, (fecha de aprobación) usted, sus hijos o cualquiera que use las redes (celulares, whatsApp, Facebook, twitter, google, youtube,  etcétera) también estará bajo vigilancia y aunque sea una VERDAD lo publicado, si ésta molesta a algún político o  funcionario, él podrá demandarlo ante…claro, sus tribunales y sus amigos jueces.

Decir la verdad lo han convertido en delito. Su obnubilada razón los lleva a concebir como factible vivir sin ella. Nada más erróneo; ésta, como un corcho sumergido a fuerza, siempre luchará por salir a flote y créalo: SALDRÁ.

P.D ¿Qué negociaron con Beltrones los que van a  regenerar a la Nación? Morena votó a favor de la ley mordaza. No tienen… m. La “m” es de memoria, aclaro, antes de que me demanden.

[1] https://insurgenciamagisterial.com/con-la-ley-de-seguridad-interior-amlo-a-la-chingada/

[2] Art. 1916: Por daño moral se entiende la afectación que una persona sufre en sus sentimientos, afectos, creencias, decoro, honor, reputación, vida privada, configuración y aspecto físicos, o bien en la consideración que de sí misma tienen los demás

[3] Sinópsis: http://www.diputados.gob.mx/servicios/datorele/LXIII_LEG/Sinopsis_dictamenes_sesion.pdf 

Fotografía: Facebook. Sin Autor visible

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La Redacción

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