Top Posts
Calaveras mexicanas de cristal: ¿mito o realidad?
Filtran datos de Revista Espejo tras solicitar información...
LA TRISTEZA COMO VALOR DEMOCRÁTICO CONTRA LA ULTRADERECHA
Fiscalía General de la República reporta 20 veces...
Abordaran las implicaciones pedagógicas de 3 nuevos protocolos...
Encuentro en defensa de los territorios y por...
Brasil: un poco de agua al vino
Señor del Nicho, que los desaparecidxs regresen a...
Sanción del IMPI a Penguin Random House por...
MUERTE, IDENTIDAD Y RESISTENCIA CULTURAL
  • Colectivo Insurgencia Magisterial
Portal Insurgencia Magisterial
Banner
  • Inicio
  • La casa de todxs
  • Chical de voces
  • Las hortalizas
  • Reporteras(os) y Columnistas
  • Poesía insurgente
  • Eventos
Espacio principalEspacio secundario

¿Quiénes son los trabajadores no sujetos a la Ley General del Servicio Profesional Docente?

por La Redacción diciembre 19, 2017
diciembre 19, 2017
1,7K

Por: Fidel Quiñones Marín. 19/12/2017 

Mediante el oficio SEP/OS/0069/2017, fechado el 13 de mayo del 2017, el Secretario de Educación Pública, envía al Comité Ejecutivo Nacional del SNTE, la respuesta al “Pliego Nacional de Demandas 2017”. En el documento se puntualizan los temas: 1.- Salario y prestaciones, 2.- Servicio Profesional Docente, 3.- Asuntos Laborales, 4.- Asuntos profesionales, 5.- Asuntos de Seguridad Social, 6.- Seguro Institucional, de retiro y Forte, y 7.- Asuntos Generales.  Asimismo se señala que “Los acuerdos alcanzados en las comisiones negociadoras, reafirman una vez más la disposición de diálogo y entendimiento entre esta secretaría y el Sindicato Nacional de Trabajadores de la Educación”.

Por el momento, no me detendré en comentar acerca de la suscripción del convenio que al efecto formalizarán la SEP y el SNTE (Convenio señalado en el tema Asuntos Profesionales, punto 4.8), mediante el cual para el año 2017 “se destinarán recursos por un monto de 200 millones de pesos, con la finalidad de impulsar las acciones de comunicación sobre los beneficios y compromisos de la Reforma Educativa, para que el Sindicato Nacional de Trabajadores de la Educación apoye con campañas de difusión”. En esta ocasión centraré mi atención en el punto 2.21., donde se expresa que “La Secretaría de Educación Pública promoverá en coordinación con las Autoridades Educativas, un programa que permita identificar a los trabajadores que no son sujetos de la Ley General del Servicio Profesional Docente, con el propósito de otorgar la estabilidad laboral para aquellos que cumplen con los requisitos establecidos en la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado”

La pregunta principal que emerge de este señalamiento es ¿Quiénes son los trabajadores no sujetos a la Ley General del Servicio Profesional Docente (LGSPD)?. Otras preguntas a manera de respuesta y especulación: ¿Serán tal vez, quienes cumplen funciones de representación sindical, o quienes no fueron convocados en alguna de las 3 etapas?, es decir ¿sumar al SPD sólo a quienes fueron “sometidos a la evaluación” y al personal de nuevo ingreso? ¿O tal vez, quienes están próximos a la jubilación, o quienes quieran apegarse al retiro voluntario? No lo creo, ya que la propia LGSPD establece que “son sujetos del Servicio que regula esta Ley los docentes, el personal con funciones de dirección y supervisión en la Federación, los estados, el Distrito Federal y municipios, así como los asesores técnico pedagógicos, en la Educación Básica y Media Superior que imparta el Estado”.

Después de 3 largos años de acoso y hostigamiento a los docentes en servicio, ¿las autoridades cambiarán su discurso “sometimiento al imperio de la ley”, para que en el periodo electoral 2018 muestren una posición flexible para “otorgar estabilidad laboral” con base en la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado” (LFTSE)” e incluso sugerir la recuperación de los factores escalafonarios?  Personalmente, conociendo el proceder oficial, no será de sorprender que la referencia a la LFTSE, sea la justificación para impulsar que las figuras de director y supervisores se asuman como personal de confianza, y por tanto, como lo establece el artículo 70: “Los trabajadores de confianza no podrán formar parte de los sindicatos. Cuando los trabajadores sindicalizados desempeñen un puesto de confianza, quedarán en suspenso todas sus obligaciones y derechos sindicales”.

Entonces, habrá que esperar los pronunciamientos oficiales y las acciones de las autoridades educativas y sindicales, que permitirán aclarar, quienes son los trabajadores no sujetos a la Ley General del Servicio Profesional Docente.

Fotografía: milenio 

Compartir 0 FacebookTwitterWhatsapp
La Redacción

noticia anterior
El cuerpo y la revuelta.
noticia siguiente
Honduras: Crisis política post electoral y su impacto en los derechos humanos.

También le podría interesar

Riqueza del oficio del docente y miseria de...

enero 17, 2022

Acreditación de universidades peruanas con estándares del siglo...

julio 3, 2020

EDUCACIÓN: LOS DERECHOS LABORALES.

junio 5, 2020

AVISO

Estamos realizando labores de mantenimiento en el Portal.
Algunas elementos no están funcionando adecuadamente.
Gracias por tu comprensión.

VENTANAS A PALESTINA

LOS MÁS LEÍDOS LA SEMANA PASADA

  • No tenemos remedio

  • 2

    Libros: Abrir lo imposible. El revoloteo de las insurgencias de la vida cotidiana

  • Lista de los 212 candidatos a Presidentes Municipales por MORENA en Veracruz.

  • 4

    Señor del Nicho, que los desaparecidxs regresen a casa

  • 5

    Envases que embelesan

  • 6

    La utopía no cabe en una app

  • 7

    Miseria creciente en el horizonte global

  • 8

    Cuando se privatiza el poder

  • 9

    Encuentro en defensa de los territorios y por la construcción de la autonomía de los pueblos indígenas

  • 10

    Ubai al-Aboudi and Vijay Prashad: El beneficio económico global del genocidio palestino

  • 11

    Brasil: un poco de agua al vino

  • 12

    ‘Sinistrash. Contra el neoliberalismo progresista’: una izquierda que cambió la lucha por el mercado

  • 13

    Dossier de las revueltas de las preparatorias en Francia

  • 14

    Más Marx: Por una red contra la barbarie capitalista

  • 15

    Sin cámara no hay justicia

  • 16

    Fiscalía General de la República reporta 20 veces menos fosas que las fiscalías estatales: Plataforma Ciudadana de Fosas

Visitas de Septiembre de 2026

Miércoles a las 7 de la noche

¿Derechos de Autor?

21 eventos a la semana

Red de reporterxs

Análisis que diseccionan

Opinando sin algoritmos

Canal de difusión

Nuestros pasos…

Comentemos desde Bluesky…

Delcy Rodríguez, restableció relaciones con Israel, al igual que Espriella en Colombia. En Argentina, Milei se declara "el presidente más sionista del mundo". En Chile, José Antonio Kast nombró agregados militares al igual que en Honduras. LEER EN: insurgenciamagisterial.com/la-riesgosa-...

[image or embed]

— Portal Insurgencia Magisterial (@insurgenciam.bsky.social) 7 de octubre de 2026 a las 10:45

@2020 - Insurgencia Magisterial

Portal Insurgencia Magisterial
  • Inicio
  • La casa de todxs
  • Chical de voces
  • Las hortalizas
  • Reporteras(os) y Columnistas
  • Poesía insurgente
  • Eventos
Portal Insurgencia Magisterial
  • Inicio
  • La casa de todxs
  • Chical de voces
  • Las hortalizas
  • Reporteras(os) y Columnistas
  • Poesía insurgente
  • Eventos
@2020 - Insurgencia Magisterial

Leer también:x

Maestra despedida da clases en la banqueta

marzo 17, 2016

Preguntas de Alberto Arnaut a Pedro Flores...

agosto 26, 2017

Reconoce Nuño fallas en la evaluación docente.

febrero 11, 2016