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Tecoltemi gana en contra de las concesiones mineras, SCJN ordena su cancelación

por RedaccionA febrero 23, 2022
febrero 23, 2022
1,1K

Por: Fundar. 23/02/2022


• Por primera vez la SCJN reconoce la violación al derecho a la consulta y al consentimiento indígena tratándose de concesiones mineras.

• En el proyecto votado hoy, la SCJN omite analizar a fondo la Ley Minera.

Puebla/Ciudad de México a 16 de febrero de 2022. – Esta tarde la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación ha resuelto el Amparo en Revisión 134/2021, conocido como el caso de la Comunidad Nahua y Ejido de Tecoltemi contra concesiones mineras y contra la Ley Minera, determinando por unanimidad, que en la emisión de las dos concesiones mineras impugnadas fue violado el derecho a la consulta y al consentimiento de la comunidad nahua.

De acuerdo con el proyecto de sentencia propuesto por el Ministro Ponente Jorge Mario Pardo Rebolledo, votado por las Ministras y los Ministros durante la sesión pública de hoy, se otorga el amparo a Tecoltemi respecto de las concesiones mineras y se ordena que éstas queden insubsistentes, es decir, que se cancelen.

La decisión de la Corte respecto a las concesiones es sin duda un gran logro para Tecoltemi y resulta de suma relevancia no sólo para ella sino para otras comunidades del municipio de Ixtacamaxtitlán y del resto del país, siendo ésta la primera vez que la SCJN reconoce la violación al derecho a la consulta y al consentimiento tratándose de concesiones mineras, y que ordena su cancelación como consecuencia de dicha violación. La SCJN reafirma, con esta sentencia, conforme lo ya establecido en el marco de derechos humanos de pueblos indígenas, que antes de haberse emitido una concesión minera, el Estado Mexicano debía de haber cumplido con su obligación de consulta y de obtención del consentimiento.

No obstante, en torno al análisis de la inconstitucionalidad e inconvencionalidad de la Ley Minera reclamadas por Tecoltemi, cuatro de las cinco Ministras y Ministros de la Primera Sala decidieron aprobar el proyecto de sentencia y no reconocer que el contenido de los artículos 6, 15 y 19 fracciones IV, V, VI, y XII viola el derecho a la tierra y al territorio de los pueblos indígenas. Por el contrario, decidieron adoptar un criterio ya antes planteado en la SCJN: que la Ley Minera no se relaciona directamente con los intereses y derechos de los pueblos indígenas, pues su objeto es regular la actividad minera y no aspectos de la vida social, económica o política de tales comunidades.

Esto a pesar de que, en el propio proyecto, al abordar lo relativo a las concesiones mineras, se reconoce que “el otorgamiento de títulos de concesiones mineras dentro del territorio de pueblos indígenas sí genera afectaciones directas e inmediatas que impactan su autodeterminación, territorios y recursos naturales”, así como ha sido evidenciado en los últimos años con la lucha de diferentes comunidades, quienes una a una han tenido que buscar justicia para defender sus territorios y su vida.

Por ello, lamentamos que la SCJN haya perdido la oportunidad de analizar a fondo una ley que, al dar preferencia a las actividades mineras, viola el derecho a la tierra y al territorio de los pueblos indígenas, así como el derecho a la propiedad de los ejidos. En el caso de Tecoltemi, cuya mayor parte del territorio es propiedad ejidal, el reclamo fue en su calidad de comunidad indígena y ejido. Al respecto seguiremos denunciando el contenido violatorio de la Ley y estaremos pendientes de la publicación y notificación, en los próximos días, de la sentencia definitiva con la que se podrán conocer los razonamientos y argumentos finales.

Es importante resaltar que la Ministra Norma Lucía Piña Hernández votó en contra del proyecto respecto de los artículos de la Ley Minera, anunciando que emitirá un voto particular, lo que significaría que, a su consideración, el contenido de dichos artículos de la Ley sí podría ser inconstitucional e inconvencional.

Desde Tecoltemi y la Unión de Comunidades y Ejidos en Defensa de la Tierra, del Agua y de la Vida de la que forma parte, así como Fundar y el Consejo Tiyat Tlali quienes les acompañamos en su defensa legal, celebramos la cancelación de las concesiones mineras impugnadas como consecuencia del reconocimiento de la violación a la consulta y al consentimiento de la comunidad, y reiteramos que la lucha es y seguirá siendo por la vida.

LEER EL ARTÍCULO ORIGINAL PULSANDO AQUÍ

Fotografía: Fundar

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