Por: Efeminista. 30/11/2024
La violencia económica afecta a miles de mujeres en todo el mundo, pero a menudo pasa desapercibida por su carácter silencioso e invisible. Esta forma de violencia es un mecanismo que emplean los maltratadores para limitar la libertad, la autonomía y los derechos de las mujeres, controlando sus recursos económicos o privándolas de ellos.
Consiste en “la privación intencionada y no justificada de bienes o recursos propios o compartidos, incluyendo el daño indiscriminado a los bienes de la víctima”, según explica la magistrada Lucía Avilés a Efeminista. A diferencia de otros tipos de violencia de género, esta puede ejercerse incluso a distancia, especialmente tras la ruptura de la pareja, cuando persisten vínculos económicos.
Una de sus manifestaciones más recurrentes es el impago de pensiones alimenticias, que afecta directamente a los hijos e hijas de las víctimas, causando daños económicos y psicológicos, además de limitar el acceso a derechos básicos como la educación, la salud y la alimentación. Aunque el impago de las pensiones alimenticias está contemplado en el Código Penal español, no se reconoce como una forma específica de violencia de género, lo que evidencia un vacío normativo en su tratamiento.
La violencia económica también se manifiesta a través del control exhaustivo de los ingresos y gastos de la víctima, impidiendo su independencia financiera; del sabotaje laboral, mediante el cual se obstaculiza que una mujer estudie o trabaje; y de la explotación económica, que implica beneficiarse de los recursos de la mujer sin su consentimiento, como contraer deudas a su nombre o usar sus bienes en provecho propio.
Tipificar la violencia económica como violencia de género
Más de 1.400 millones de mujeres viven en países donde este tipo de violencia no está reconocida en las legislaciones, según datos del Instituto Europeo de Igualdad de Género (EIGE).
En España, afecta al 11,5 % de las mujeres mayores de 16 años, según la Macroencuesta de Violencia de Género de 2019. Sin embargo, aún no cuenta con un reconocimiento propio en el Código Penal.
Lucía Avilés insiste en la importancia de tipificar la violencia económica como una forma específica de violencia de género, subrayando que su impacto va más allá de la privación material ya que la dependencia económica perpetúa el ciclo de la violencia, impidiendo que las víctimas puedan liberarse de sus agresores. Además, el daño sostenido afecta la salud física, mental y el desarrollo pleno tanto de las mujeres como de sus hijos e hijas.
Distintas formas de violencia machista
Con motivo del 25N Día Internacional para la Eliminación de la Violencia contra las Mujeres, lanzamos una campaña de videos y textos cuyo objetivo es visibilizar y explicar las diversas formas de violencia machista que afectan a las mujeres. A lo largo de esta serie, exploramos diferentes tipos de violencia, presentando datos, casos y testimonios que muestran cómo se manifiestan la violencia física, psicológica, sexual, digital, económica, institucional y vicaria.
Todos los videos de la campaña los podéis ver en la lista de reproducción de YouTube 25N | Manifestaciones de la violencia machista.
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Fotografía: Efeminista